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Consultas Online

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Contabilizar inmovilizado de años anteriores

17.05.19

Hola,

Nos hemos dado cuenta de que en años anteriores se han contabilizado elementos de inmovilizado en cuentas de gasto. ¿Cómo podemos contabilizar ahora esos inmovilizados para que nos aparezcan en el inventario?

Gracias.

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Respuestas

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#1

Excelente

Aportada por:

Joan Bernat Cucó

Asesor Fiscal y Contable

Trabaja en:

Asesor particular

19.05.19

Hola,

Imagino que no os referís a errores del ejercicio 2018 puesto que en este caso todavía serían subsanables.
Si son ejercicios anteriores al 2018 habría que tener en cuenta el año, qué tipo de error en concreto se efectuó: cantidades, cuentas intervinientes, etc … puesto que es posible que no se tuviera que efectuar ninguna declaración complementaria del Impuesto de Sociedades caso que no representara un perjuicio para Hacienda. Es posible que se pudiera efectuar el ajuste fiscal en el presente ejercicio.
En cuanto a las cuentas anuales no habría que modificar ninguna ya presentada, sencillamente hacer constar en las del ejercicio pendiente de presentar el error observado.
Un saludo.

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#2

Respuesta del participante:

20.05.19

Serían varios elementos adquiridos en 2017 por valor total de unos 2000€ y que se contabilizaron en la (602)Cpras. otros aprovisionamientos.
Nuestra duda es cómo “darlos de alta” en la contabilidad.
Podemos hacer un asiento de (22..) a ) Reservas Voluntarias ?? pero entonces volveríamos a meter gasto al hacer las amortizaciones y en 2017 ya se metió todo el valor como gasto

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#3

Excelente

Aportada por:

Joan Bernat Cucó

Asesor Fiscal y Contable

Trabaja en:

Asesor particular

20.05.19

Vuestro caso podría tratarse de inversiones de escaso valor, las cuales pueden amortizarse libremente y dentro de un solo ejercicio. Debe tratarse de elementos nuevos y que su valor unitario no excediera de 300 €. En ese caso aunque la cuenta de gasto asignada no haya sido la correcta no se ha causado perjuicio para la Administración. Para aflorar dicho inmovilizado: “22.. Inmovilizado material a 28.. Amortización acumulada Inm. material” por el valor total de la inversión. De esta forma no duplicariais el gasto en dos ejercicios.

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#4

Respuesta del participante:

20.05.19

¿y si hay algún elemento con valor superior a los 300€?

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#5

Excelente

Aportada por:

Joan Bernat Cucó

Asesor Fiscal y Contable

Trabaja en:

Asesor particular

20.05.19

Entonces no se podría amortizar libremente, lo que daría lugar a una declaración complementaria del Impuesto Sobre Sociedades caso que dicha diferencia de amortización diera lugar al pago de alguna cantidad en favor de la Agencia Tributaria.

A efectos de solucionar el problema en la contabilidad habría que efectuar dos operaciones:

1) Crear la cuenta de Inmov. Material por el importe considerado como gasto en ejercicios anteriores. Crear la cuenta de Amort. Acumulada y llevar a Reservas voluntarias la diferencia entre los dos importes:

(22..) Inmovilizado material a

(281) Amort. Acumulada Inmov. (por el importe de la amortización que se hubiera debido contabilizar en ejercicios anteriores)
(113) Reservas voluntarias (Por la diferencia)

2) Amortizar a partir de este momento la cantidad correcta
(681) Amortización I. Material a Amort. Acum. I. Material (281)

Una última consideración. Cerciorarse que los gastos contabilizados en su día no se hubiera contabilizado al cerrar el ejercicio como Existencias, con lo cual no se habría contabilizado como pérdida. Imagino que no es el caso.

Un saludo.

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#6

Respuesta del participante:

21.05.19

Muchas gracias por la ayuda
Un saludo

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#7

Respuesta del participante:

21.05.19

Hemos recibido respuesta rapidísima y de gran ayuda
¡MUCHAS GRACIAS!

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