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Consultas Online

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contratación no residente en España

28.01.19

Buenos días,

necesitamos hacer una contratación en nuestra organización de una persona colombiana que, de momento no tiene residencia en España. Esta persona ha estado en España estudiando un máster y, por lo que nos han dicho, podríamos hacer un contrato como prácticas no curriculares vinculadas a la Universidad. Podrían decirnos cómo proceder en este caso?
Muchas gracias

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Rayo Rayo

Trabaja en:

Asesor particular

28.01.19

Buenas tardes
No es una cuestión fácil ya que laboralmente hace falta autorización de trabajo, que no se tiene. A efectos de prácticas no curriculares, suele realizarse previo acuerdo con la Universidad (en general con el departamento de alumnos) por el que la empresa / asociación se obliga a desarrollar prácticas de alumnos en su sede, con un tutor, y la Universidad se obliga a ofrecer dicho alumno para ese puesto acreditando que el alumno está matriculado en un plan de estudios que incluye créditos por prácticas en empresa y que la misma queda validada para esas prácticas en empresa, asignando un tutor. Hace falta un seguro de responsabilidad civil y alta en la seguridad social, ya que son prácticas no curriculares. Aquí es la cuestión difícil porque la Seguridad Social generará un expediente de imposibilidad de actividad al no tener autorizado el trabajo en España. De ahí que haya que tener muy bien cubierto la documentación acreditativa de la formación desarrollada en España, la validez de las autorizaciones de estudio durante todo el periodo de las prácticas formativas y finalmente la documentación de las prácticas con sus correspondientes tutores, sin que nunca supongan actividad laboral o sustitución de trabajadores.
Sería una excepción a la obligación de autorización de trabajo para el alta en Seguridad Social por cuanto se atendería al tener autorización de estudios en España y para ello se puede desarrollar créditos dentro del plan de estudios por medio de prácticas en empresa.
No requieren, además de no estar permitido, abono de salario pero suele ser habitual entregar dietas de, al menos, el transporte.
Espero que haya podido enfocar el asunto.
Un saludo

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#2

Respuesta del participante:

29.01.19

Buenas tardes,

gracias por la respuesta.Entonces, ¿entiendo que el primer paso es hablar con la Universidad para llegar a ese acuerdo? No hay problema con la documentación de la formación desarrollada en España puesto que está todo en orden.
Lo que no tengo claro es cómo poner en marcha el proceso. Agradecería mucho si me lo pudiera aclarar.

Muy agradecida,un saludo

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