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Consulta formulada por:
Criterio contable ingresos por subvención
27.06.25
Buenos días,
Nos gustaría confirmar el criterio contable para registrar las subvenciones de explotación no reintegrables.
Pongo un ejemplo:
- Recibimos el 01/06/25 la resolución favorable de una subvención pública para cubrir gastos de personal por 50.000€, para ejecutar entre 2025 y 2026. La cobramos al finalizar el periodo de justificación, en 2026.
- Los gastos de personal serán de 15.000€ en 2025 y 35.000 euros en 2026.
- La subvención se justifica el 01/11/26 y se cobra finalmente el 01/12/26
¿Nos podéis indicar el criterio contable para registrar estas transacciones? De forma que tenga coherencia balance y pérdidas y ganancias.
Gracias, un saludo.