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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Macarena Hinojosa López

¿Cuál es el límite para contratos menores de servicios en la Ley de contratos del sector público?

23.04.12

En aplicación de la Ley de Contratos del Sector Público, ¿me podéis confirmar si el límite para contratos menores de servicios y suministros es de 18.000,00 € cantidad total, IVA incluido o 18.000,00 sería el límite de base imponible?

Gracias.

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Ubaldo Santiago Carrillo

La competitividad es el arma secreta del éxtito organizacional

Trabaja en:

Asesor particular

25.04.12

EN EL CASO DEL PERU, ES DE 10,800 NUEVO SOLES, QUE ESTAN ESTIPULADOS EN LA LEY DE PRESUPUESTO PUBLICO DEL 2012

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#2

Aportada por:

Luis Pemán Sánchez

Luis Pemán Consultor AID Social Consultores

Trabaja en:

Asesor particular

25.04.12

Estimada Macarena, los 18.000 hacen referencia a la base imponible, es decir, sin IVA.
Un saludo.

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#3

Aportada por:

Miguel Pérez-Lozao Gallego

Consultor especializado en gestión de entidades sociales, con amplia formación y experiencia en intervención social y en dirección de entidades sin ánimo de lucro. www.perezlozao.es

Trabaja en:

Asesor particular

02.05.12

Estimada Macarena:

Según la Ley de contratos, en el artículo 122, distingue entre los contratos de obras y el resto de contratos. Dice así:

_Se consideran contratos menores los contratos de
importe inferior a 50.000 euros, cuando se trate de contratos de obras, o a 18.000 euros, cuando se trate de otros contratos_

Y en cualquier caso, son bases imponibles, a los que se añade el IVA, o se excluye si procede una exención.

El artículo 95 regula otras circunstancias de los contratos menores.

Hay una excepción en la disposición adicional vigésimo novena, que regula la prestación de asistencia sanitaria en situaciones de urgencia.

Un saludo,

Miguel Pérez-Lozao

solucionesong.org
Un proyecto de