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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Jhony Alexander Barrera Lievano

¿Cuál es el procedimiento para realizar un cambio en la razón social de una asociación (cambio de nombre)?

02.12.09

¿Cuál es el procedimiento para realizar un cambio en la razón social de una asociación (cambio de nombre)?, ¿hay alguna legislación que regule este proceso?


Muchas gracias.

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Eva Buades Martinez

Asesora voluntaria

Trabaja en:

Asesor particular

03.12.09

Hola Jhony;


Sinceramente desconozco el proceso, pienso que una posibilidad sería disolver la actual y constituir una nueva con el nuevo nombre. No se…


A ver que dicen el resto de compañer@s asesores


Saludos, Eva


 

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#2

Aportada por:

Fernando José Zaplana Pérez

Asesor ENL fiscal y laboral. Graduado Social. Máster Asesoría Fiscalwww.viaasesores.com

Trabaja en:

Asesor particular

03.12.09

Buenos días Jhony,


Es un procedimiento muy simple, teneis que realizar una asamblea extraordinaria, en la cual se trate como punto del día el cambio estatutario de denominación social, una vez aprobado este cambio se debe solicitar al registro de entidades no lucrativas correspondientes que registre la nueva denominación, acompañando nuevos estatutos y acta de la asamblea.


Una vez inscrito el cambio, con la certificación que nos darán hay que cambiar nombre en TGSS, AEAT, Ayuntamientos,....


Un saludo,


www.viaasesores.

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#3

Opinión anónima

03.12.09

Efectivamente, es un proceso bastante sencillo. Para completar lo que dice fernando Zaplana, añadiría dos cosas


- Que la Asamblea extraordinaria tenga unicamente dos puntos a tratar, sin añadir otros asuntos coyunturales, para mayor sencillez del acta


a) modificación del nombre


b) aprobación del acta de la asamblea, al final de la misma


Para ello, habrá que llevar un acta semi-redactada, completarla con la discusión que exista y las razones que llevan a proponer el cambio, y los resultados obtenidos.


Con ello, la asamblea tiene resultados mas firmes, pues a veces determinados registros o fedatarios públicos ponen problemas para hacer caso a los resultados de una asamblea si está pendiente de aprobación  el acta, y por tanto, sujeta a modificaciones.


Una última cosa: en el registro se puede consultar  si el nombre nuevo que vais a a proponer está usado ya por otra entidad. Es recomendable hacerlo para evitar que el Registro de Asociaciones os rechace el nombre por esta causa.


Ánimo y adelante

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#4

Opinión anónima

03.12.09

 Solo una cosita pensar a dar de baja en el registro de asociaciones el antiguo nombre .Suerte

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#5

Aportada por:

Alvaro Ortega Santos

Cooperante, gestor cultural y experto en asociacionismo.

Trabaja en:

Asesor particular

11.12.09

El procedimiento es sencillo y no difiere de una enmienda estatutaria.


Encontrarás la información en http://www.mir.es/SGACAVT/asociaciones/inscripcion/estatutos.html


De todos modos, antes de proceder deberías consultar el Fichero de Denominaciones http://servicio.mir.es/webasocia/busquedaAsocia.htm para evitar duplicidades o confusiones.

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