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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Juana Ortiz Ruiz

¿Cuáles son los trámites para obtener el certificado de entidad sin fin lucrativo de la Ag. Tributaria?

22.02.11

Somos una asociación inscrita en el Registro Nacional de Asociaciones del Ministrio del Interior y nos querríamos saber los trámites para obtener el “certificado de entidades sin fines lucrativos” de la Agencia Tributaria.

Gracias

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Respuestas

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#1

Aportada por:

MANUEL NARANJO ALVAREZ

Especialista en contabilidad y fiscalidad www.enl-asesorat.es

Trabaja en:

Asesor particular

23.02.11

El certificado de entidades sin fines lucrativos de la Agencia Tributaria lo expide la AEAT a aquellas entidades que siendo:
Fundaciones.
Asociaciones declaradas de utilidad pública.

Hayan ejercitado la opción a acogerse al régimen fiscal previsto en la Ley 49/2002 de 23 de diciembre mediante presentación de declaración censal y cumpla con sus requisitos.

Un saludo.-

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#2

Aportada por:

Manuel Ripoll

Abogado, Derecho Tributario y Mercantil

Trabaja en:

Asesor particular

23.02.11

Hola Juana.

El certificado se solicita en la AEAT presentando un modelo 01 debidamente cumplimentado (para que veas cómo es, puedes encontralo en la web de la AEAT, aunque no está actualizado: http://bit.ly/ghDVt1), marcando la casilla correspondiente.

Podéis hacerlo presencialmente o por internet, si tenéis certificado electrónico (https://www.agenciatributaria.gob.es/AEAT.sede/tramitacion/G314.shtml).

Previamente, como dice el compañero anterior, debéis cumplir los requisitos para disfrutar del régimen especial de la Ley 49/2002 y haber optado por el mismo presentando la declaración censal correspondiente, modelo 036.

Un saludo.
Manuel Ripoll.

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#3

Aportada por:

Arturo Oñate

Arturo Oñate: Profesional de la Economía Social (ONGlibre)

Trabaja en:

Asesor particular

23.02.11

Hola Juana
Al régimen especial para entidades sin ánimo de lucro pueden optar:

  • Las fundaciones
  • Las asociaciones declaradas de utilidad pública
  • Las asociaciones inscritas como ONGD en el Registro de la AECID
  • Otras entidades dispuestas en las disposiciones adicionales de la Ley 49/2003 como la Cruz Roja, la Iglesia Católica, otras iglesias, confesiones y comunidades religiosas (he visto que tu asociación es de misioneros)

Los requisitos para acogerse se encuentran en el artículo 3 de la misma Ley.
Si cumples los requisitos, tienes que prsentar una declaración censal (modelo 036) y marcaro la casilla 624
Tendrás que presentar cada año una “Memoria Fiscal” en donde junto con las cuentas anuales se informa del cumplimiento de los requisitos.
solucionesong.org
Un proyecto de