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Consultas Online

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Consulta formulada por:

ONG en el anonimato

¿Cualquier persona o entidad puede obtener los estatutos de cualquier asociación?

20.03.13

Hola,

Me gustaría preguntar si cualquier persona puede obtener los Estatutos de cualquier Asociación que esté inscrita (en este caso) en el Registro de Asociaciones de Andalucía. En caso afirmativo, saber si hay que pagar una cantidad de dinero para obtener copia de dichos Estatutos.

Gracias y saludos

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Blanca Pérez Álvarez

Equipo SolucionesONG.org

Trabaja en:

Fundación Hazloposible

20.03.13

Hola,

Te paso una consulta que puede resultarte de utilidad:

¿Como podemos obtener modelos de estatutos de ONGD que realicen actividades similares a la nuestra?

¡Saludos!

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#2

Aportada por:

Elena Carrasco García

Trabaja en:

Asesor particular

21.03.13

En el enlace anterior tienes respuesta a la forma de obtener estatutos. Si los que precisas es el de una organización concreta, puedes realizar la petición ante el ente que figure registrada. En el caso que tengas interés por que te afecta por ejemplo para presentar doc. en un juzgado, porque seas persona contratada o por cualquier motivo legítimo, entiendo te lo facilitarán sin problema. En cuanto al pago de tasas, probablemente te cobren por las copias, desconozco si en la Web de la Junta de Andalucía (en el Registro de Asociaciones) tienen los modelos para estos supuestos y el importe, pero puedes consultarlo previamente por teléfono en el propio registro y los trámites que has de hacer. En la CCAA donde vivo para cualquier copia o fotocopia que se precise tienes que llevarla hecha, ya no dan copia de nada en ningún lugar. No sé si en Andalucía ocurre igual.

Un saludo

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#3

Aportada por:

Rafael Perez Castillo

Funcionario de la Junta de Andalucí­a. Abogado no ejerciente. Doctorando en Derecho.

Trabaja en:

Asesor particular

21.03.13

En relación con la consulta establecida, paso a infomar lo siguiente: el artículo 4 del Decreto 152/2002, de 21 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de organización y funcionamiento del Registro de Asociaciones de Andalucía, establece que: “La publicidad se hará efectiva por certificación del contenido de los asientos o por simple nota informativa o copia de los asientos y de los documentos depositados en el Registro.
Cualquier persona que manifieste tener interes en el conocimiento de los datos del Registro podrá acceder a los mismos.
La publicidad del Registro de Asociaciones no alcanza a los datos referidos a los domicilios de las personas, estado civil y otros datos de carácter personal que consten en la documentación de cada asociación, de acuerdo con la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protecci.n de Datos de Carácter Personal”.

Así pues, a la luz de lo expuesto, cualquier persona que demuestre tener interes en el conocimiento de los datos del Registro de Asociaciones de Andalucía podrá solicitar, por ejemplo, una copia de los estatutos depositados en dicho registro administrtativo –dependiente de la Consejería de Justicia e Interior. Plaza de la Gavidia, nº 10, 41071 - Sevilla - Telefono: 955 03 18 00-, no existiendo, salvo error u omisión por mi parte, la existencia del pago de una tasa en este registro público para la obtención de un documento que ha sido objeto de inscripción registral.
Cordialmente,
Rafael Pérez Castillo.
rperezcastillo@gmail.com

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