Saltar al contenido principal

Consultas Online

avatar

Consulta formulada por:

Josep Lluis Albarracìn de la Torre

Cuando se resuelva el proceso de impugnación del convenio estatal de acción e intervención social ¿estaremos obligados a acogernos a él?

17.10.07

Nuestra entidad tenía convenio propio hasta diciembre de 2006 y en este momento estamos en proceso de negociación, pero de momento no hemos llegado a un acuerdo.

El convenio marco estatal de intervención social, siendo un convenio de mínimos, es mejor que nuestro convenio de empresa. Nos interesaría saber hasta que punto podemos exigir a los patrones de nuestra fundación que apliquen dicho convenio y cuando se haya resuelto el proceso de impugnación ¿nuestra fundación estará obligada a acogerse al convenio marco estatal de acción e intervención social?

Muchas gracias.

Compárte en las redes sociales

Respuestas

avatar
#1

Aportada por:

Fermin Aparicio Saez

Gerente Plena Gestion Social SL

Trabaja en:

Asesor particular

20.10.07

Josep Lluis, como bien dices el convenio esta recurrido, veremeos a ver en lo que queda esta mala experiencia, pero de todas formas el propio texto de convenio admite una formula de descuelgue, es decir de no aplicacion por diversos motivos, entre ellos economico . El proceso esta establecido en el texto de convenio

Fermin Aparicio
fermin@plenaonline.es

avatar
#2

Opinión anónima

24.10.07

Coincido con la solución aportada por Fermín Aparicio. Además en caso de concurrencia de convenios se podría alegar el principio de norma más favorable que en este caso es el convenio estatal

solucionesong.org
Un proyecto de