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Consultas Online

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Cuánto dura la directiva en funciones

13.12.21

Buenos días,

Cuando hay cambio de junta directiva, ¿en qué momento cesa la anterior y toma posesión la nueva? ¿Al finalizar la propia asamblea o cuándo se envía la documentación al registro para el cambio y nos contestan?

Saludos.

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Angela Cuiñas

cucunver.com

Trabaja en:

Asesor particular

13.12.21

Buenos días,

El cambio se produce en le momento en el que la nueva Junta Directiva es ratificada por la Asamblea.

Un saludo!

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#2

Aportada por:

Juan Pablo Blanca Pérez

Abogado laboralista ejerciente. Especialista en derecho laboral, seguridad social y prevención de riesgos laborales.

Trabaja en:

Asesor particular

13.12.21

Buenas tardes,

Realmente, hay que distinguir dos documentos que podrían ser elaborados en momentos distintos. Por un lado, efectivamente tenemos el acta de la asamblea en la que se decide la modificación de cargos. Por otro lado, en el Registro habrá que inscribir que se ha producido un cambio en la junta directiva, y esto se realizará a través de un certificado en el que se dé fe de que efectivamente se ha producido así. Pues bien, las certificaciones, siempre, tendrá que elaborarlas el secretario con cargo vigente en el momento de su elaboración. Por lo que, en la mayoría de los casos será el entrante, ya que será posterior a la asamblea y una vez aprobada el acta, quien elabore el documento que acredite la elección de los nuevos cargos. En ese interim ya cesaría la junta en funciones.

Un saludo

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#3

Aportada por:

César Valencia Rodríguez

Fundación Gestión y Participación Social

Trabaja en:

Asesor particular

15.12.21

Por la pregunta, se deduce que los estatutos o el reglamento de régimen interno no indican nada al respecto.

Pero hay que hacer notar que sí podrían hacerlo, puesto que la asociación tiene libertad de autoorganización para cuestiones de régimen interno. Las normas de una asociación podrían, perfectamente, indicar que los cargos entran en vigor no cuando se votan, cuando se firma el acta o cuando se inscribe ésta sino, por ejemplo, cuando las personas elegidas aceptan el cargo en la primera reunión de junta directiva a la que asistan.

Generalmente será positivo que las normas de la asociación sean específicas en cuestiones como esta, no sólo para evitar posibles conflictos sino también para delimitar cuándo se inicia y termina la responsabilidad.

Un saludo

César Valencia
Fundación Gestión y Participación Social
www.asociaciones.org

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