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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Fátima Díaz Glez

¿Debemos incluir el IVA en la factura del IBI que le pasamos a un inquilino por alquilar un local a nombre de la asociación?

02.05.06

Nuestra asociación tiene alquiladas unas instalaciones, por las que nos abonan mensualmente el alquiler y el IBI.

Todos los meses le pasamos la factura del alquiler para el cobro del IBI (que al estar a nombre de las asociación, el cobro lo hacen donde lo tenemos domiciliado).
También debemos hacerles una factura por el importe del IBI y nuestra duda es ¿debemos añadirle el IVA a la factura del IBI?.

Nuestra asociación está declarada de utilidad pública y estamos exentos de IVA.

Muchas gracias.

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Respuestas

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#1

Opinión anónima

03.05.06

Dirección General de Tributos considera que la base imponible del Impuesto sobre el Valor Añadido en el arrendamiento de inmuebles sujetos a dicho impuesto estará constituida por el importe total de la contraprestación del referido servicio, incluyéndose en dicho concepto no solamente el importe de la renta, sino también las cantidades asimiladas a la renta y cualquier crédito efectivo del arrendador frente al arrendatario derivado de la prestación arrendaticia y de otras accesorias a la misma, como los gastos de agua, electricidad, basura, contribuciones especiales, obras y mejoras, comunidad de propietarios, y el importe del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (Contribución) que, según la legislación aplicable o las cláusulas contractuales, se repercutan por el arrendador al arrendatario.

La exención en el IVA comprende únicamente las prestaciones de servicios y las entregas de bienes accesorias a las mismas efectuadas directamente a sus miembros por organismos o entidades legalmente reconocidos que no tengan finalidad lucrativa, realizadas para la consecución de sus finalidades específicas, siempre que no perciban de los beneficiarios de tales operaciones contraprestación alguna distinta de las cotizaciones fijadas en sus estatutos.

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#2

Excelente

Aportada por:

Juan González Martín-Palomino

Abogado. Asesor Tributario ESFL

Trabaja en:

Asesor particular

03.05.06

Totalmente de acuerdo con Javier Vallet.

Juan González Martín-Palomino.

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