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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Sonia Caldas Novás

¿Debemos referirnos a la LISMI en el certificado de donación que entregaremos a la empresa?

20.01.15

Hola,

Hemos recibido una donación de una empresa que quiere cumplir con las “medidas alternativas” de la LISMI a través de dicha donación. Como ONG cumplimos con los requisitos exigidos en la Ley para tal fin. ¿Es necesario que en el Certificado de donación que tenemos que entregar a la empresa donante hagamos alguna referencia a la LISMI? o ¿serviría un Certificado de donación común sin aclaraciones de este tipo?.

Muchas gracias.

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Fran Virues Avila

FRAN VIRUES AVILA

Trabaja en:

Asesor particular

18.02.15

Hola,

En principio no es obligatorio señalarlo. La empresa donante recibirá certificado de donación y con ello podrá justificar las medidas alternativas de la LISMI.

Saludos,

fran virues.

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#2

Aportada por:

Fran Virues Avila

FRAN VIRUES AVILA

Trabaja en:

Asesor particular

18.02.15

Hola,

En principio no es obligatorio señalarlo. La empresa donante recibirá certificado de donación y con ello podrá justificar las medidas alternativas de la LISMI.

Saludos,

fran virues.

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