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Consultas Online

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Declaración Asociación

08.05.19

Hola,

Somos una asociación constituida hace un año aproximadamente, en el Registro Nacional de Asociaciones.

Solicitamos una subvención para organizar un proyecto a la Unión Europea, y esta subvención ha sido concedida.

Hemos hablado con nuestro asesor y nos ha dicho que no tenemos que hacer declaración a Hacienda, que basta con seguir las obligaciones de una asociación, pero no entiendo esto bien.

¿Lo que me dice mi asesor es correcto? Me ha dicho que al no superar x cantidad de dinero, no es necesario hacer declaración de ningún tipo, solamente lo interno de nuestra asociación.

Muchas gracias.

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Juan González Martín-Palomino

Abogado. Asesor Tributario ESFL

Trabaja en:

Asesor particular

09.05.19

La pregunta tiene muchos matices. Efectivamente la Ley del Impuesto sobre Sociedades establece que las entidades parcialmente exentas (que será vuestro caso) no tienen que presentar declaración por el Impuesto sobre Sociedades cuando los ingresos totales no superen los 75.000 euros. Pero ojo, cuando esos ingresos estén exentos del citado impuesto y no se realice ninguna actividad económica. Si la subvención se ha concedido para desarrollar un proyecto, es posible que ese proyecto constituya una actividad económica (eso es lo que tenéis que ver); y si el proyecto constituye una actividad económica tenéis que presentar declaración del Impuesto sobre Sociedades en todo caso, tengáis o no beneficio, sean significativos o no los ingresos. Pero es más, si la subvención va ligada al desarrollo del proyecto, que constituya una actividad económica, la subvención tampoco estaría exenta (según criterio de la Dirección General de Tributos).

En conclusión, debéis comprobar si el proyecto constituye una actividad económica o no, pues es lo determinante para determinar la fiscalidad de vuestra entidad en el Impuesto sobre Sociedades.

Saludos.

Juan González Martín-Palomino.

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#2

Respuesta del participante:

09.05.19

Y como puedo comprobar si constituye una acividad economica el proyecto o no?

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#3

Aportada por:

José Antonio Jiménez Puertas

SULAYR

Trabaja en:

Asesor particular

09.05.19

Buenas tardes.

Pues siendo un poco mas explicito y contandonos de que trata el proyecto:
A) Que quieren Hacer
B) Que beneficios se obtienen.
C) Quienes son los beneficiarios…., si existen.
D) Se le cobra alguna cantidad a los beneficiarios, o al publico/clientes.
E) Como se financia el proyecto, Una parte la UE, y la otra quien la pone ?

En definitiva un resumen del proyecto, pues como muy bien indica el Sr. Gonzalez estas cosas tienen muchos matices.

Por ultimo si lo desea puede ponerse en contacto personal conmigo en sulayr@sulayr.com, ya que nuestro despacho es especialista en gestion de Fondos Europeos gestionados por ONGs.

Mas en www.sulayr.com

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#4

Aportada por:

Juan González Martín-Palomino

Abogado. Asesor Tributario ESFL

Trabaja en:

Asesor particular

10.05.19

¿Cómo saber si existe actividad económica? La definición sencilla sería “la conjunción de medios materiales y humanos para producir bienes o servicios para el mercado”. Si describís el proyecto, podemos ser más concretos.

Saludos.

Juan González Martín-Palomino.

solucionesong.org
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