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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Norberto Pastor

¿Cómo se organiza una delegación?

22.07.19

Hola,

En Costa de Marfil tenemos una delegación de nuestra ONG y tenemos dudas sobre si el delegado y los compañeros tienen que organizar su junta como aquí: presidente, vicepresidente, secretario, tesorero y vocales un delegado o al ser delegación se constituye diferente.

Gracias.
Un saludo,

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Rafael Perez Castillo

Funcionario de la Junta de Andalucí­a. Abogado no ejerciente. Doctorando en Derecho.

Trabaja en:

Asesor particular

09.09.19

Estimado Norberto: en relación con la consulta planteada, paso a informarle lo siguiente: en primer lugar, la cuestión que nos traslada versa por el hecho de que tienen constituida una entidad no lucrativa inscrita s.e.u.o., en el Registro Nacional de Asociaciones del Ministerio del Interior, cuyo ámbito territorial se desarrolla fuera de España con una delegación en la República de Costa Marfil, suscitándose si dicha delegación tiene que organizarse, en lo relativo a su órgano de representación como acaece con la entidad asociativa en España, o de una forma jurídica diferente.
De acuerdo con lo establecido, en mi opinión, siempre y cuando dicha delegación en Costa de Marfil no tenga personalidad jurídica distinta a la entidad no lucrativa con sede en España, es decir, que se hubiera constituido conforme a la normativa de asociaciones de Costa de Marfil, habiendo obtenido dicha delegación una mera autorización administrativa por parte del Gobierno de dicho país para poder actuar en el mismo, de suyo, la organización de dicha delegación habrá de ajustarse a los criterios establecidos por el órgano de representación de vuestra entidad, a salvas de que dicha organización fuera competencia de la Asamblea General conforme a lo establecido en los estatutos asociativos, o, en su caso, en el correspondiente reglamento de régimen interno asociativo, el cual es un documento que regula detalladamente el funcionamiento interno y cotidiano de la asociación, así como las disposiciones que pueden necesitar una modificación más frecuente.
Espero haberle ayudado.
Cordialmente.
Rafael Pérez Castillo.
rperezcastillo@gmail.com

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