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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Virginia Campos Sánchez

Desgravaciones en Hacienda por donaciones y aclaración de la Ley 49/2002

15.01.08

Llevo unos meses como secretaria de la asociación, y la verdad es que estoy un poco perdida. Tengo varias dudas, primero me gustaría resolver un tema sobre el certificado de donaciones y preguntaros si las personas que nos hicieron donaciones el año pasado, pueden desgravarse en Hacienda.

Otra cuestión es que no estamos reconocimos como utilidad pública, y no estamos acogidos al Título III de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, pero no logro entender muy bien lo que dicha Ley quiere decir… ¿podríais aclararmelo un poco?

Muchísimas gracias.

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Respuestas

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#1

Opinión anónima

17.01.08

La Ley 49/2002 (o del mecenazgo) es un marco legal regulatorio de ciertas actividades, desarrolladas por ciertas intituciones. Básicamente las Fundaciones, y las Asociaciones, pero solo aquellas declaradas de Utilidad Pública.

Las donaciones y aportaciones a favor de estas entidades tienen unas bonificaciones fiscales. Las donaciones y aportaciones a otro tipo de entidades, NO tienen estas bonificaciones, tal como es el caso de tu entidad.

La Ley 49/2002 articula un mecanismo para que las actividades de interés, realizadas por entidades no acogidas puedan tener también derecho a una bonificación, que es lo regulado en el artículo 26.

El significado de este artículo es que si un donante (persona jurídica, o persona física con ingresos de actividades económicas), sufraga DIRECTAMENTE ciertos gastos de la actividad, puede declararlos como gastos de su propia actividad, con el beneficio fiscal que eso conlleva.

Si hay algo concreto que te interese, mejor especifica con más detalle.

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