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Dimisión de vocal. ¿cuándo es efectiva?
31.03.22
Hola.
Tenemos la siguiente situación:
Los dos vocales han dimitido mandando escrito a la entidad y desde esta, entendemos que dejan de ejercer funciones y tener acceso a servidor, correo etc desde el día que presentan dicha dimisión. ¿es correcto?
En los estados no se especifica esta situación, sólo si se presenta dimisión en bloque de toda la junta o el presidente.
Muchas gracias.
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Asesor particular
31.03.22
Buenas tardes; en mi opinión los efectos de la dimisión del cargo de Vocal de la Asociación se produce desde que ésta es notificada a la entidad. En caso de que tengan acceso al servidor y al correo electrónico por su condición de Vocales, si las funciones que realizan es por tal condición, entiendo que resulta correcto su desvinculación con dichos medios, y que, en su caso, serán los nuevos vocales los que los utilicen.
Un saludo,