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Consultas Online

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Donaciones por las que se obtiene un artículo de promoción publicadas en la web

17.09.20

Somos una asociación sin ánimo de lucro declarada de utilidad pública cuyos ingresos provienen de cuotas de socios y donaciones, por lo que no realizamos actividad económica propiamente dicha. Disponemos de artículos de promoción de marca que en ocasiones regalamos en eventos, a veces a personas que realizan una donación puntual. ¿Podemos publicar en nuestra web estos artículos y decir que se regalan a cambio de donaciones o se consideraría venta? En el caso de que sea así. ¿Cuáles serían nuestras obligaciones legales por venta de productos?

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Suso P. Barbeito

Trabaja en:

Asesor particular

07.10.21

El hecho de ser una asociación sin ánimo de lucro nos os imposibilita el obtener donaciones o cualquier tipo de ingresos, al contrario, es lícito y está bien que hagáis constar en el artículo web que procede de una donación o un lucro por publicitar cualquier producto (ejercicio de transparencia); tampoco quita que por el hecho de ser una asociación estéis exenta de tributar por ello, también es obligado hacerlo y solo estaríais exenta de tributación (en el IVA) por las cuotas que os son propias, como asociación, y siempre que PREVIAMENTE hubiérais solicitado tal exención a la Agencia Tributaria.

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