Consultas Online
Consulta formulada por:
Dónde registrar a una asociación
03.10.20
Buenos días, quisiera saber dónde se puede registrar una asociación en España. En espera de sus noticias, Un cordial saludo. Ana Ferrán
Respuestas
Aportada por:
Funcionario de la Junta de Andalucía. Abogado no ejerciente. Doctorando en Derecho.
Trabaja en:
Asesor particular
04.10.20
Estimada Ana: en relación con la consulta planteada, paso a informarle lo siguiente: inicialmente, la creación de una asociación se realiza mediante el acuerdo expreso de tres o más personas, físicas o jurídicas legalmente constituidas, comprometiéndose a poner en común conocimientos, medios y actividades para conseguir unas finalidades lícitas, comunes, de interés general o particular y se dotan de unos Estatutos que regirán el funcionamiento de la asociación. Este acuerdo habrá de formalizarse mediante un acta fundacional, y es desde este momento cuando la asociación adquiere su personalidad jurídica y la plena capacidad de obrar, aunque aún no se hubiere cumplido con la obligación de inscripción en el registro correspondiente.
Al respecto, debe de tenerse en cuenta que, aunque una asociación adquiere su personalidad jurídica desde el momento de la firma del acta fundacional, existe la obligación de inscribirla en el registro de asociaciones (autonómico o estatal según el ámbito de actuación territorial de la asociación) y por ende se deberá cumplir con el procedimiento administrativo marcado por la Administración pública de que se trate.
Los trámites a seguir para constituir una asociación son, “grosso modo”, los siguientes:
-Celebración de la reunión de fundación de la asociación y redacción de los Estatutos y aprobación del Acta Fundacional.
-Identificación del Registro donde corresponde la inscripción. Si el ámbito de actuación de la entidad es menor al territorio de una Comunidad Autónoma (p.e. ámbito local o regional) la inscripción deberá realizarse en el Registro de Asociaciones Autonómico, sin embargo, si el ámbito de actuación afecta a más de una Comunidad Autónoma (aunque no sea todo el Estado), la inscripción deberá realizarse en el Registro Nacional de Asociaciones del Ministerio del Interior.
-Preparar la documentación que se requiere desde el registro de asociaciones correspondiente, y que comúnmente será:
*Solicitud de Inscripción firmada según modelo normalizado por el correspondiente Registro de Asociaciones.
-2 copias del Acta Fundacional y de los estatutos firmados por todos los promotores en todas las hojas.
-Identificación de los promotores en el acta fundacional (nombre y apellidos, domicilio, nacionalidad y NIF).
-Abono de las tasas correspondientes.
Una vez entregada toda la documentación en el correspondiente Registro de Asociaciones, la asociación se quedará con una copia de la solicitud como justificante de su presentación. El registro deberá contestar, como regla general, en el plazo de 3 meses, entendiéndose estimada la solicitud de inscripción en el caso de que no se recibiera contestación en ese plazo.
-Una vez realizado el procedimiento de inscripción, se podrán realizar otros trámites en función de la actividad que vaya a desarrollar la asociación como por ejemplo la solicitud del CIF provisional ante la AEAT, inscripción en otros registros específicos (Registros municipales de Participación Ciudadana, Registro de ONG de Cooperación internacional en la AECID, ...).
Espero haberle ayudado.
Rafael Pérez Castillo.
rperezcastillo@gmail.com
Aportada por:
Abogada
Trabaja en:
Asesor particular
05.10.20
Como veo que sois andaluces, pues en el Registro de Asociaciones de Andalucia.
Según la página web de la Junta, que te transcribo, existen una serie de trámites que son comunes para cualquier acto de inscripción de una asociación:
Precisar con claridad el acto que pretende inscribir: constitución, modificación, disolución, etc.
Cumplimentar el modelo orientativo que corresponda en cada caso.
Cumplimentar el modelo normalizado respectivo (instancia de solicitud).
Indicar lugar y fecha de la inscripción.
Firmar el documento de inscripción.
Dirigir dicho documento al órgano competente, que es la Delegación Territorial de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local de la Junta de Andalucía correspondiente al domicilio de la asociación.
Acompañar la documentación reseñada en el procedimiento de inscripción en cuestión.
Puedes hacer el tramite on line.
La delegación en Granada la tienes en Avda. de Madrid, 7, 2ª planta - 18012 asociaciones.granada.dgob@juntadeandalucia.es.
Tfno. 662 97 81 11 / 12 / 14 / 15