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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Carlos Javier Facila Sabugal

Duda sobre cómo contabilizar una subvención que no nos han ingresado íntegramente

13.08.12

Hola,

Nos han concedido una subvención para contratar a una persona. A la finalización del periodo de la subvención sólo hemos recibido el 50% del importe de dicha subvención y hemos realizado la totalidad del gasto de personal y Seguridad Social. Por lo tanto, la suma del gasto de personal y la Seguridad Social ha superior al importe que nos han abonado.

¿Tengo que hacer algo más una vez hechos los asientos relativos a las nóminas y la Seguridad Social?

Les adjunto los asientos que he realizado hasta el momento. ¿Cómo debería quedar reflejada la parte de la subvención que no nos han abonado?

Gracias

Este tema tiene un documento que lo complementa. ¡Descárgalo!

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Ricardo Paricio

Asesor Contable www.gestioong.es

Trabaja en:

Asesor particular

16.08.12

Hola,

Los asientos que has adjuntado al descomprimir el fichero no se leen.

Por favor, busca otra forma de enviarlo.

Gracias,
Ricardo Paricio
rparicio@yahoo.es

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#2

Respuesta del participante:

Carlos Javier Facila Sabugal

17.08.12

AQUI TE LOS VUELVO A DEJAR, HABER SI AHORA LOS PUEDES ABRIR
SALUDOS

Esta aportación tiene un documento que la complementa. ¡Descárgalo!

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#3

Opinión anónima

17.08.12

Hola Carlos, los asientos están bien. Ahora sólo queda esperar que os paguen pronto el resto de la subvención.
Queda pendiente de reflejar el pago de las nóminas, si es que se ha realizado.
Saludos

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#4

Opinión anónima

18.08.12

Salvo mejor opinión, el esquema contable correspondiente a la Subvención es el siguiente:

En el momento de la concesión

(4707) a (1300)
Por el importe íntegro de la subvención obtenida.

En el momento del cobro efectivo de la subvención

(572) a (4707)
Por el importe efectivamente cobrado del total subvención obtenida.

El SALDO DEUDOR de la partida:

4707. Hacienda Pública, deudora por colaboración en la entrega y distribución de subvenciones (art. 12 Ley de Subvenciones)

Refleja el importe pendiente de liquidar por la Administración.

En el momento de la imputación al Resultado del ejercicio

(1300) a (940)
Por la parte de la Subvención imputada al ejercicio correspondiente.

Un atento saludo.

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#5

Aportada por:

Ricardo Paricio

Asesor Contable www.gestioong.es

Trabaja en:

Asesor particular

18.08.12

Hola,
Puedo abrir el fichero ZIP, pero, no puedo leer el contenido.Lo siento.

Saludos,
Ricardo Paricio
rparicio@yahoo.es

solucionesong.org
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