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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Gloria Ruiz González

Dudas en la presentación de documentos de una asociación a lo largo del año

21.12.10

Hola,

Soy la secretaria de la Fundación Pasión y Compromiso. Me gustaría hacer un par de preguntas: ¿qué documentos/modelos tenemos que presentar a lo largo del año? Según tengo entendido, las fundaciones tienen que presentar antes de fin de año el plan de actuación del año siguiente, y en junio la memoria y estado de cuentas del año anterior. También me han dicho que en enero tendría que presentar una relación de donantes. ¿Es así? Y además de eso, ¿hay que presentar algo más? ¿Y hay que presentar esa información siguiendo un modelo oficial?

Aún estamos en constitución. ¿Tenemos que presentar algo durante este periodo, antes de realizar la inscripción definitiva en el Ministerio de Educación? No sé si tenemos que presentar esos documentos, o si sólo se presentan una vez que la fundación tenga su inscripción definitiva en el Ministerio.

Muchas gracias por vuestra ayuda.

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Respuestas

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#1

Opinión anónima

21.12.10

Buenas tardes:

El plan de actuación debéis presentarlo durante los últimos tres meses del año. Las cuentas anuales tienen que ser aprobadas en los seis meses posteriores al cierre del ejercicio económico, lo más normal es antes del 30 de junio. Para su presentación el plazo es de diez días hábiles desde su aprobación. También tenéis que legalizar el libro de actas, el libro diario y el libro de inventario y cuentas anuales.
Tienes la información, formularios y modelos orientativos en la propia web del Ministerio de Educación

En caso de recibir donaciones debéis presentar en la Agencia Tributaria el modelo 182 antes del 31 de enero. El resto de obligaciones con Hacienda dependerá de vuestro caso concreto. Por ejemplo, si alguna de las actividades que realicéis está sujeta a IVA tendréis que presentar el modelo 303 trimestralmente y el 390 que es el resumen anual, o si tenéis trabajadores o le hacéis retenciones en factura a algún profesional tendréis que presentar el modelo 110 trimestralmente y el 190 ( resumen anual ). Todos los modelos están disponibles en la web de la Agencia Tributaria

Un saludo

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#2

Excelente

Aportada por:

Luis Barato Risoto

Técnico de Auditoría y Contabilidad del Ministerio de Hacienda. Licenciado en Derecho

Trabaja en:

Asesor particular

28.12.10

De mi consideración:
Nada que añadir a la opinión del compañero anterior.
Solamente precisar que antes de la inscripción de la escritura pública de constitución en el Registro de Fundaciones (en este caso en el del Ministerio de Educación), no tenéis mas que acudir a la AEAT de la Comunidad Autónoma de Madrid con la cipia autorizada + la simple y autoliquidar el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y AJD (Modelo 620), señalando el supuesto de exención por aplicación d ela normativa vigente (se quedarán con la copia simple).
Saludos.
luisbarato@telefonica.net

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#3

Respuesta del participante:

Gloria Ruiz González

21.03.11

Muchas gracias por la ayuda.

Gloria

solucionesong.org
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