Saltar al contenido principal

Consultas Online

avatar

Exención del IVA en Servicio de Ayuda a Domicilio por ser una entidad sin ánimo de lucro

20.09.21

Buenas tardes.

Somos una asociación sin animo de lucro. Realizamos un programa de inserción socio-laboral a través de Servicio de Ayuda a domicilio para el cual tenemos una exención de IVA de la AT por ser entidad de carácter social. Ahora vamos a presentarnos como licitadores para nuestro ayuntamiento, que presenta a contratación el servicio de Ayuda a Domicilio. La pregunta es si el volumen es mayor del que normalmente ingresamos (serán unos 200.000 € anuales) y si al ser contratación publica seguimos teniendo la exención del IVA para la realización del servicio.

Muchas gracias.

Este tema tiene un documento que lo complementa. ¡Descárgalo!

Compárte en las redes sociales

Respuestas

avatar
#1

Aportada por:

MANUEL NARANJO ALVAREZ

Especialista en contabilidad y fiscalidad www.enl-asesorat.es

Trabaja en:

Asesor particular

20.09.21

Buenas tardes. La exención del IVA está vinculada a dos variables.
Tipo de actividad realizada.
Tipo de entidad que realiza la actividad.
El volumen no es determinante para la exención. Si venís prestando ese servicio con carácter exento, seguirá estando exento aunque el servicio se preste a un Ayuntamiento.

La paradoja, y esto es lo triste del asunto, es que el mismo servicio puede estar exento si lo presenta una ENL, pero no exento si lo presta una empresa.

Esto en la practica supone que:
- La administración debe pagar más por el mismo servicio si este es prestado por una empresa.
- La empresa que presta el servicio podrá deducirse el IVA que soporte en los gastos relacionados con la actividad, por lo que recupera vía declaración un tipo marginal significativo que, una ENL no pude recuperar.

Estas son algunas de las contradicciones de nuestro “fantástico” sistema tributario.

Salvo mejor opinión.

Un saludo.-

solucionesong.org
Un proyecto de