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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Asunción Villarreal Corrales

¿El banco puede cobrarnos el IVA aunque estemos exentos de pagar el impuesto?

03.08.12

Hola,

Nuestra ONG tiene reconocida la exención del IVA. El banco nos cobra el impuesto aunque conoce esta situación.

¿Tiene derecho a hacerlo?

Gracias

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Respuestas

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#1

Aportada por:

José María Rodríguez Arias

Trabaja en:

Asesor particular

03.08.12

Salud

No es que tenga derecho, es que está obligado a hacerlo. Estar exentos del IVA significa que ustedes no deben declarar IVA a Hacienda (o sea, que ustedes no están obligados a realizar las liquidaciones, ni pueden repercutir el IVA en los servicios exentos), no que ustedes puedan dejar de pagar el IVA repercutido por otros obligados (como es el banco, o cualquier otro proveedor, desde la luz hasta los botellines de agua que compréis). Vamos, estar exento los vuelve como cualquier particular con respecto al impuesto…

Un saludo

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#2

Aportada por:

José Antonio Jiménez Puertas

SULAYR

Trabaja en:

Asesor particular

03.08.12

Una consulta exactametne igual que esta se atendio el
26.07.12

Hay que mirar el historico de consultas antes de consultar.

Si estais obligados a soportar y pagar ese IVA. Estar exento de IVA solo significa que cunado tu expides una factura no repercutes el impuesto, pero estas obligado a soportarlo.

Por otro lado hay muchos bancos que no cobran por esos servicios. Yo diria que todos, solo que lo hacen con sus mejores clientes.
La solcuion es que negocies con tu banco y le amenaces con pasarte a la comeptencia. A la vez visita otros banco, proponle tu negocio y mira cual te conviene mas.

Saludos

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#3

Aportada por:

Juan González Martín-Palomino

Abogado. Asesor Tributario ESFL

Trabaja en:

Asesor particular

03.08.12

Determinados servicios de las entidades bancarias (están sujetos y no exentos de IVA (por ejemplo, gestión de recibos), debiendo repercutir el banco IVA por estos servicios obligatoriamente a sus clientes, con independencia de su naturaleza (persona física, sociedad mercantil, entidad sin ánimo de lucro…). Otra cuestión es, como apunta el compañero, que podáis conseguir o pactar con vuestro banco que no os cobre por esos servicios.

Saludos.

Juan González Martín-Palomino.

solucionesong.org
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