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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Eduardo Mena

Emision de facturas

26.05.20

Hola,

Una de nuestras mayores dudas es si como asociacion podemos emitir facturas, ya que a veces nos las han pedido, tanto gente que compra nuestro merchandising como por ejemplo una universidad al reembolsarnos los gastos que nosotros hemos adelantado. Es un tema por el que he ido varias veces a Hacienda para pedir consejo… pero siempre ha acabado todo igual: podemos hacer facturas pero entonces tenemos que hacer la declaracion de IAE, y tenemos tan pocas ganancias que siempre acaban diciendonos en Hacienda que nos olvidemos del tema y emitamos un recibo en lugar de una factura… con lo que nos quedamos igual que siempre :-(

¿Que hacemos en nuestra organizacion a nivel economico?

  • No tenemos cuotas de socios
  • Vendemos camisetas, chapas, y otro merchandising que construimos nosotros mismos. Esto quiza nos reporte al año unos 500-1000 euros de ganancia AL AÑO. Aqui es donde algun comprador nos ha pedido factura alguna vez.
  • Las actividades que organizamos (sobre retroinformatica y videojuegos) tienen unos gastos de compras (de todo tipo, compra inventariable (1ª y 2ª mano), fungible, gastos viaje, alojamiento invitados) que nosotros adelantamos y luego recuperamos mediante reembolso de la entidad organizadora. No obtenemos ganancia, es solo el reembolso de los gastos que hemos tenido. Aqui tambien suelen ultimamente pedirnos factura, sobre todo cuando es una universidad publica (a ellos les exigen pagar solo facturas). Para estos eventos tambien hay organizaciones patrocinadoras que nos dan dinero como donacion (no tenemos que justificar en que nos lo gastamos ni que hacemos con el).
  • De forma muy extraordinaria organizamos algun evento para una empresa privada, y ahi si que les cobramos por nuestros servicios (2000€ o asi) ademas del reembolso de los gastos pero esto solo ha pasado 2 veces en 10 años.
  • Nunca repartimos dinero entre los socios, solo en forma de reembolso para cubrir los gastos en los que hayan incurrido personalmente en la organizacion de los eventos y siempre tras presentar el justificante correspondiente (recibos, facturas). Nunca nadie gana nada ni cobra como individuo por lo que hacemos, si sobra dinero de donaciones se deja en la cuenta de la asociacion (y de hecho a lo largo de los años hemos juntado unos miles de euros, que nos permiten cubrir gastos cuando los patrocinadores no cubren todos los gastos (el coste suele ser unos 3000-4000 € por evento). Guardamos los justificantes de gastos de todo.

Hasta ahora cuando nos han pedido factura, siguiendo las indicaciones de Hacienda, hemos emitido en realidad un recibo pero con todos los datos de una factura: identificacion fiscal completa de ambas partes, numero unico, sin iva ya que son por actividades culturales (tampoco podriamos ya que tampoco hacemos declaracion del IVA).

La pregunta es: ¿deberiamos hacer algo que no hacemos o simplemente seguir como hasta ahora con recibos y olvidarnos de las facturas?

Tenia tambien una pregunta sobre la famosa ley de proteccion de datos pero eso para la siguiente ocasion.

Gracias por adelantado

Un saludo

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Respuestas

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#1

Muy buena

Aportada por:

José Antonio Jiménez Puertas

SULAYR

Trabaja en:

Asesor particular

26.05.20

Buenos dias.
Mi consejo es que continuen haciendo lo que hacen. Asi esta bastante bien.
No obstante, cuando hagan un recibo por un pago de una empresa, deben extenderlo diciendo que es un donativo.
Algo sencillo pero que deje claro que es un donativo.
Donativo de la empresa X, como colaboración en el evento xx.

Su asociacion puede recibir donativos sin ningun problema, y la empresa que los entrega queda en mejor situacion que con un recibo, pues aunque ambos no son deducibles como gasto para la empresa, con el primero la empresa que paga podria ser sancionada.

Saludos.

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#2

Excelente

Aportada por:

José Antonio Jiménez Puertas

SULAYR

Trabaja en:

Asesor particular

26.05.20

Le amplio la respuesta y le concreto que la empresa que paga podria tener problemas con un recibo. Por tanto entreguen un documento que indique que lo pagado es un donativo.

Por ultimo tambien les aclaro que si sus ingresos no superan los 75.000 € año en concepto de donativos, Hacienda no les pondra muchos problemas. Si superan esa cantidad estan obligados a presentar Impuesto de Sociedades.

Saludos

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#3

Respuesta del participante:

Eduardo Mena

26.05.20

Gracias por la respuesta.

Si, eso mismo de las donaciones es lo que hacemos pero no siempre es posible: por ejemplo, las universidades publicas (que todos los años nos encargan organizar eventos corriendo ellos con los gastos) no pueden hacen donaciones, solo pueden pagar facturas (la administracion publica es implacable, de hecho a veces se niegan a pagarnos tickets (por ejemplo de un restaurante o compra en un Todo a 100, solo facturas con la identificacion fiscal del que la pago). Acabamos teniendo que pedir facturas en todos los sitios (eso no es problema) pero cuando son gastos por nuestros servicios, les enviamos recibos con aspecto de factura :-) pero claro, no se si eso no nos dara problemas en el futuro. No hay ningun beneficio economico por nuestr aparte, eso me tranquiliza pero…

Gracias

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#4

Muy buena

Aportada por:

José Antonio Jiménez Puertas

SULAYR

Trabaja en:

Asesor particular

03.06.20

Buenas tardes.
Comprendo el problema porque lo vivimos en el dia a dia con otras ONG que asesoramos.

Una solucion empleada es que una empresa “cercana” o un autonomo, facture a la Universidad, y una vez cobrada done su importe a vuestra ONG.

Saludos.

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#5

Respuesta del participante:

Eduardo Mena

10.06.20

Agradezco mucho todas las respuestas, me han descubierto algun dato que no conocia

solucionesong.org
Un proyecto de