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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Carles Ventura Pallarols

En asamblea ordinaria se aprobó un tema que corresponde hacer en una extraordinaria ¿Debe aprobarse de nuevo?

18.11.14

Hola,

En asamblea ordinaria se aprobó un tema que he visto luego que entra dentro de las competencias de la asamblea extraordinaria. Aunque los miembros que asisten son los mismos, ¿Es necesario que vuelva a poner el tema en una convocatoria de Asamblea extraordinaria para aprobarlo de nuevo?

Adjunto los puntos de nuestros estatutos que hablan de ello. En el artículo 9 se describen todas las competencias de la asamblea. En el artículo 11 las que son competencia de la asamblea extraordinaria.

Artículo 9.
La Asamblea tiene las facultades y competencias siguientes:
d) La autorización para constituir delegaciones locales donde operen al menos seis analistas o integración en otras organizaciones.

Artículo 11.
Serán competencia de la asamblea extraordinaria:
e) La autorización para constituir delegaciones locales donde operen al menos seis analistas o integración en otras organizaciones.

Muchas gracias.

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Juan González Martín-Palomino

Abogado. Asesor Tributario ESFL

Trabaja en:

Asesor particular

19.11.14

Entiendo que si el tema se trató en asamblea general, aunque fuera ordinaria, si la misma se convocó adecuadamente y con las formalidades debidas, el acuerdo adoptado sobre ese punto es totalmente válido.

Saludos.

Juan González Martín-Palomino.

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#2

Aportada por:

Marina Pardo Lanzos

Asesora en proyectos de carácter cooperativo/colaborativo entre organizaciones

Trabaja en:

Asesor particular

19.11.14

Buenos días Carles,
En este tema disiento de Juan.
Desde mi punto de vista, sólo en el caso de que se haya producido el quórum necesario para la aprobación (según lo previsto para los acuerdos de Asamblea General Extraordinaria) podría tener validez el acuerdo. Y aún así tengo mis dudas.
Según la transcripción de los artículos que haces, el tema no es menor pudiendo tener repercusión para el futuro de vuestra organización (de ahí entiendo que es un tema que se ha reservado estatutariamente a la Asamblea General Extraordinaria, para que se tomen los acuerdos con todas las garantías y número suficiente de votos).
Si me apuras, incluso aunque se haya tomado el acuerdo en la Asamblea General Ordinaria con el número suficiente de votaciones a favor, yo lo llevaría al orden del día de la Asamblea General Extraordinaria para evitar futuros problemas.
Saludos,

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#3

Aportada por:

Jonás Santana Alonso

Presidente de Aices

Trabaja en:

Plataforma de ONG de Acción Social

19.11.14

Buenos días Carles,

Como bien dice Juan González atendiendo a lo que planteas, yo tampoco veo impedimento para que tengan que hacer otra convocatoria; salvo que en la Asamblea que realizaron no haya ido algún miembro de la organización. Si han ido todos/as, estos han mostrado su voto a favor, por lo que ha sido aprobado por la Asamblea, que es el órgano último de decisión de cualquier organización. Aun así, si a la asamblea no fue algún miembro, deberías convocarla nuevamente como Asamblea Extraordinaria, ya que si el asociado que no asistió está en contra de lo expuesto o aprobado puede impugnar la asamblea, ya que el punto tratado está estatutariamente claro donde se tiene que aprobar.
Yo te recomiendo que en las próximas asambleas, si les pasa algo parecido y se dan cuenta claro está, pidan la aprobación de los asistentes a la Asamblea para tratar y aprobar si procede ese punto, aunque los estatutos especifiquen que se deba de hacer en una Asamblea Extraordinaria.
Un Saludo.

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