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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Mario Llonch Capella

En la elaboración de los estatutos de un fundación... ¿qué se entiende por ámbito acuación?

10.04.09

Somos una fundación registrada en La Generalitat de Cataluña y vamos a registrarla para que sea de ámbito nacional (ya efectué una consulta al respecto), pero tengo una duda:


El párrafo en el que se tiene que indicar el ámbito de actuación… ¿a que se refiere?. Me explico: queremos ser una Fundación española, osea que pueda tener delegaciones y/o pedir recursos en cualquier comunidad autónoma, PERO nuestra actuación como colaboración la efectuamos en Senegal.


Mi PREGUNTA: ¿el ámbito de actuación es el país en el que recaudo los fondos y tengo la sede y/o delegaciones o es el país destinatario de nuestras ayudas?.


Gracias por vuestra siempre inestimable colaboración.


Mario Llonch

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Respuestas

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#1

Excelente

Aportada por:

Francisco Liñán Delgado

Abogado. Miembro de CEAR-SUR

Trabaja en:

Asesor particular

13.04.09

Hola Mario;
El ámbito de actuación es el territorio y, subsiguientemente, la legislación que será de aplicación a vuestra fundación. Ahora mismo soy de ámbito autonómico catalán y en el futuro sereis de ámbito nacional.
Otra cosa es que vuestos proyectos de trabajo se desarrollen en el Senegal.
Supongo que estais preparando los Estatutos de la Fundación para su registro a nivel nacional. En ese caso debeis reseñar esa calificación.
Un saludo.

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