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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Elena (La Bella Varsovia)

¿En qué epígrafe del IAE debemos dar de alta la venta de libros que nosotros editamos?

27.01.11

Hola, pertenezco a una asociación juvenil obviamente sin ánimo de lucro, y vamos a empezar a editar libros de nuestros miembros.

Para solicitar el ISBN debemos darnos de alta en el IAE, también para facturar a librerías, etcétera (todos los beneficios se destinarán a publicar más libros). ¿Qué debemos hacer? ¿Qué modelo, qué epígrafe, etcétera?

Muchas gracias.

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Respuestas

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#1

Excelente

Aportada por:

Belén Buenadicha

Fundación Concordia 21

Trabaja en:

Asesor particular

31.01.11

Hola Elena,

para daros de alta en el IAE, en Hacienda.

Debéis hacerlo mediante el modelo 036, en el apartado que corresponde a este impuesto, e informar del epígrafe.

El epígrafe 476.1 es Edición de Libros.

Un saludo,
Belén

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#2

Excelente

Aportada por:

Luis López Suárez

consultor independiente

Trabaja en:

Asesor particular

31.01.11

Buenas tardes, Elena:

Después de eso tendréis que pensar en el IVA. Hay una consulta en esta página (wwww.solucionesong.ong) sobre cómo conseguir la exención del IVA, pero dependiendo de la actividad que desarrolléis lo que incluye si incluís publicidad en los libros y revistas que editéis, y teniendo en cuenta que los libros llevan el tipo superreducido de IVA, tal vez no os merezca la pena; porque podríais estar comprando bienes y servicios al 18% y facturando al 4%, siendo esa diferencia saldo a vuestro favor con la agencia tributaria, que de otro modo se perdería.

En cuanto emitáis facturas, que será cuando los distribuidores os liquiden el primer periodo, si trabajáis con distribuidor, o hagáis cuenta con las librerías, habrá que hacer más cosas; pero podremos comentarlo entonces.

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#3

Insuficiente

Aportada por:

Luis López Suárez

consultor independiente

Trabaja en:

Asesor particular

31.01.11

Por cierto, ¿eres la poeta? La identidad de nombre me hace sospechar que sí.

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#4

Excelente

Aportada por:

Francisco Romero

Abogado. Asesoramiento en Fiscalidad, Contabilidad y Financiero.

Trabaja en:

Asesor particular

31.01.11

Estoy de acuerdo con Luis en cuanto al tema del IVA, la exención en muchas ocsiones no genera más que pérdidas, por un IVA del que no puedes solicitar devolución. En este caso, es más que probable que os interese tributar por ese concepto. Una vez puesto en marcha tendrás que tener en cuenta el resto de impuestos, en especial el de Sociedades.

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#5

Aportada por:

Arturo Oñate

Arturo Oñate: Profesional de la Economía Social (ONGlibre)

Trabaja en:

Asesor particular

01.02.11

Aprovechado que os tendréis que dar de alta en el epígrafe mencionado por la compañera Belén, os informo que Correos tiene una tarifa especial para envío de publicaciones por empresas editoras. El programa se llama Postlibris y tendréis que tramitarlo con vuestra oficina de Correos pues se aplicar una tarifa de descuento, si no recuerdo mal, del 25%.
El envío debe cumplir una serie de requisitos como que se pueda ver el contenido del sobre bien mediante un envoltorio transparente o mediante los sobres que permiten la inspección postal (esos sobres que pone “Para inspección postal, abrir por aquí”)

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#6

Respuesta del participante:

Elena (La Bella Varsovia)

01.02.11

¡Muchísimas gracias a todos! Vuestra información nos será de gran ayuda. Por lo pronto hemos decidido invertir en un asesor que nos oriente en los procelosos mares haciendísticos. Gracias de nuevo.

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#7

Respuesta del participante:

Elena (La Bella Varsovia)

01.02.11

Todas las respuestas nos han resultado muy útiles (excepto una que consideramos fuera de contexto).

solucionesong.org
Un proyecto de