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Consultas Online

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Consulta formulada por:

David Alcantara Parra

En una entidad sin animo de lucro, ¿existe alguna figura parecida a las acciones para que un inversor pueda invertir su dinero?

01.10.13

Hola,

En la Sociedad para el Avance Cientifico tenemos un nuevo proyecto que va a necesitar una inversión económica importante. Es un proyecto que queremos realizar nosotros mismos y vamos a necesitar capital, sobre todo, para contratar nuevo personal. No sabemos cómo podemos pedir dinero a inversores externos, en una sociedad mercantil tu lo puedes cambiar por acciones de la misma, pero en una entidad sin animo de lucro, ¿existe alguna figura parecida a las acciones para que un inversor pueda invertir su dinero?

Cuando digo inversión no me refiero a donación, sino como inversión que luego puede generarle un beneficio (normalmente económico) al inversor.

¡Gracias!

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Respuestas

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#1

Opinión anónima

02.10.13

Hola David,

Por lo que entiendo de tu pregunta, a falta de más información: no existe esa figura. Partimos del hecho de que una ESFL no tiene Capital, tiene un fondo social destinado a cumplir con sus objetivos fundacionales.
Las personas o entidades que aportan recursos a esa Entidad lo hacen para que ésta desarrolle la actividad social, a fondo perdido, es decir, sin posibilidad de recibir rentabilidad o contraprestación de ningún tipo. Hasta el punto que en sus Estatutos debe figurar expresamente que en caso de disolución sus bienes deben ser destinados a otras entidades no lucrativas, nunca repartirse entre su base asociativa.
Esta es la frontera que divide a una entidad con fines lucrativos de otra no lucrativa,y el eje que marca la adaptación del plan general contable para ESFL.
Saludos
Salvador

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#2

Opinión anónima

02.10.13

Salvo mejor opinión, deberían ustedes recurrir a la figura del Préstamo Participativo. Les adjunto un artículo mío publicado hace algún tiempo en la Revista Tributaria “El Fisco” en el que se explica tanto el concepto como el funcionamiento de los Préstamos Participativos.

Espero que le resulte de utilidad. Para cualquier aclaración o información complementaria sobre este tema no duden en formular nuevas consultas al foro.

Un atento saludo.

Esta aportación tiene un documento que la complementa. ¡Descárgalo!

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#3

Aportada por:

José Manuel Eiré Rodríguez

Auditor Censor Jurado de Cuentas

Trabaja en:

Asesor particular

06.10.13

Siempre que la investigación sea acorde con el objetivo fundacional y no seáis una fundación pública que esta más limitada no le veo problema. Puede haber dos alternativas, la primera, tratarlo como un proyecto en el que vosotros desarrolláis el proyecto y hay un socio externo que lo financia, ello conllevaría la firma de los convenios en el que se indicarían las obligaciones y derechos de las partes (plazos, trabajo a realizar, destino de la propiedad intelectual, reparto de royalties, etc…
Otra forma de hacerlo seria que hicierais una empresa (una S.L. participada por la dos partes para desarrollar el proyecto. Primero podría crearse como una spin-off a partir de vuestro “Know-how” y después con una ampliación de capital que entre el socio externo
Saludos

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#4

Aportada por:

Francisco Romero

Abogado. Asesoramiento en Fiscalidad, Contabilidad y Financiero.

Trabaja en:

Asesor particular

11.10.13

Como dicen las respuestas anteriores, uno de los límites de las Fundaciones y ONL es precisamente el reparto del beneficio, cuando lo hay.
No obstante hay varias soluciones y las que ofrece JOse Manuel son muy razonables, en especial y a mi juicio la primera.
Depende del tipo de investigación, del importe con que os financien y sobre todo de la expectativa de beneficios, pero estos temas son muy complicados y antes de firmar nada consultaría con un abogado experto en propiedad intelectual y/o en patentes y marcas.

solucionesong.org
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