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Consultas Online

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ERTE por fuerza mayor COVID-19

28.04.20

Buenas tardes
Cómo asociación que prestamos servicios para personas con discapacidad, estamos alojados en un centro del Ayuntamiento de Lorca (Murcia, denominada Casa de ONG’s. Debido al estado de alerta sanitaria por Covid-19, el pasado 12/03/20, el Ayuntamiento nos comunicó el cierre del centro hasta nueva orden. Hemos estado obligados de solicitar un ERTE para los 5 trabajadores a tiempo parcial que tiene la asociación, el motivo expresado “cierre temporal por fuerza mayor Covid-19, bajo orden del Ayuntamiento e IMAS de la Comunidad Autónoma de Murcia”.
Han sido aprobado con fecha del 20/04/20 (información comunicada a los trabajadores)y con el periodo del 14/03/20 hasta el 09/06/20. Salvo para nuestra logopeda que trabaja para nosotros a tiempo parcial (12h/semanales), el resto del tiempo trabaja por cuenta propia. A esta profesional solo le han comunicado un certificado de empresa que indica lo siguiente: Fecha suspensión / extinción 13/03/2020 y Fecha fin suspensión 29/04/2020 con un código 17, no sabemos lo que significa.
¿Podría ser que su contrato ha sido congelado durante ese periodo que mencionan en el certificado de empresa?, si es así ¿qué debemos de hacer como asociación?
¿Percibirá por parte del SEPE una prestación por ese periodo indicado en el certificado de empresa?
¿porqué no se la podido conceder el mismo periodo de ERTE que los demás trabajadores?
Cómo sigue prestando sus servicios por cuenta propia y no a solicitado ayuda cómo autónoma,
¿Hay compatibilidad entre su trabajo por cuenta propia que está ejerciendo y nuestra petición de ERTE?.
Estamos muy desamparados con respecto a este asunto y no conseguimos tener ninguna información por parte del SEPE, ni de ningún organismo relacionado con temas laborales.
Esperamos poder tener alguna aclaración al respecto por parte vuestra.
Un saludo.
Pepi López

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Teresa Ferraz Hermoso de Mendoza

Abogada

Trabaja en:

Asesor particular

28.04.20

Hola
En primer lugar comentarte Persona trabajadora acogida al RETA y en situación de pluriactividad que estuviera afectada por un ERTE como trabajador cuenta ajena, NO puede acogerse a la prestación extraordinaria por cese de actividad de autónomos motivada por COVID-19
Ambas prestaciones son incompatibles. Debe optar por una de las dos.
En segundo lugar el codigo 17 Suspension del contrato o Erte Lo cual es correcto.
En cuanto al plazo dado que se contabiliza la prestación por horas y no por dias sera la parte proporcional de acuerdo a su jornada laboral
En cuanto al certificado, entiendo que mandasteis todos los certificados por @comunica al SEPE incluido el de la logopeda.
A ver si hay algun error de envio, no lo se.
Yo entiendo que esta persona cobrara la prestación que le corresponde de acuerdo a la jornada que trabaja en vuestra entidad.,
Te mando un modelo de Certificado para que veas lo del codigo 17
Un saludo
Teresa Ferraz

Esta aportación tiene un documento que la complementa. ¡Descárgalo!

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#2

Respuesta del participante:

28.04.20

Muchas Gracias Teresa.

Cómo trabajadora autónoma no ha solicitado ninguna ayuda por esa parte, sigue trabajando y facturando.

Sólo tiene solicitado el ERTE por parte de nuestra asociación. Si ha habido un error, ¿quién lo tiene que reclamar?, ¿nosotros cómo asociación o ella cómo trabajadora por cuenta ajena?
Un saludo

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#3

Aportada por:

Teresa Ferraz Hermoso de Mendoza

Abogada

Trabaja en:

Asesor particular

28.04.20

Hola Pepi
De nada!!
Mira no tengo suficiente información No se si se tratara de un error o no pero como entidad vosotros sois los que tenéis que informaros si es que ha pasado algo xq vosotros tramitasteis el Erte
Han puesto un apoyo a las líneas telefónicas en el SEPE
Un saludo
Teresa Ferraz

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#4

Aportada por:

Teresa Ferraz Hermoso de Mendoza

Abogada

Trabaja en:

Asesor particular

29.04.20

Os dejo el enlace a las líneas de teléfono del SEPE
http://sepe.es/HomeSepe/contacto/atencion-telefonica/tel-ciudadanos.html
Un saludo

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#5

Respuesta del participante:

01.05.20

Buenas tardes Teresa.

Muchas gracias por toda la información aportada.
Agradezco su atención.

Un saludo.
Pepi.

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#6

Aportada por:

Teresa Ferraz Hermoso de Mendoza

Abogada

Trabaja en:

Asesor particular

07.05.20

De nada Pepi
Espero que estéis ya en orden y hayais podido solventar vuestra duda
Un saludo
Teresa Ferraz

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#7

Respuesta del participante:

13.05.20

Buenas tardes.

No aun no hemos podido conseguir solucionar el asunto de esta trabajadora, estamos intentando llamar todas las mañanas, pero imposible conseguir que nos atiendan.
Hemos enviado también un correo al sef de Localidad, estamos aun esperando respuesta.
Seguimos insistiendo.
Gracias por su interés.

Un saludo

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