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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Maritza Uriarte Dulón

¿Es correcto justificar el pago de dietas a personas contratadas para que dicten ponencias en cursos mediante una liquidación de dietas?

09.10.08

Cuando organizamos cursos contratamos a ponentes a los cuales les pagamos por su “ponencia” mediante un recibo con su correspondiente retención por IRPF (15%). Aparte de este concepto, les pagamos “dietas” por sus gastos de desplazamiento y manutención en los días que dure el cursoo.

Para justificar y contabilizar este segundo pago, ¿es correcto que los ponentes firmen una “Liquidación de dietas” que no lleva retención porque no excede los límites establecidos por la AEAT? (y no se presentan los justificantes al tratarse de una liquidación de dietas)

Muchas gracias.

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Eva Buades Martinez

Asesora voluntaria

Trabaja en:

Asesor particular

11.10.08

Hola Maritza;

Es correcto lo que dices, lo que a la hoja de liquidación de dietas es mejor acompañarla de algun ticket o factura correspondiente a comida, alojamiento, gasolina, etc.

Saludos, Eva.

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#2

Suficiente

Aportada por:

Mariano Romero Montero

Especialista en Contabilidad y Gestión de ENL's

Trabaja en:

Asesor particular

11.10.08

Estimada Maritza,

Es correcto el proceso que indicas en tu pregunta. Por un lado pagar la ponencia con la correspondiente retención y los gastos de desplazamiento en una liquidación de dietas paralela.

Un cordial saludo Maritza,

Mariano Romero
m_romero1@yahoo.com

solucionesong.org
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