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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Antonio Barrios

¿Es legal que un presidente de una asociación sin ánimo de lucro lleve 2 años sin convocar asamblea ordinaria?

02.04.14

Hola,

¿Es legal que un presidente de una asociación sin ánimo de lucro lleve 2 años sin convocar asamblea ordinaria y por supuesto tampoco elecciones?

¿Es legal que dicho presidente facture a la asociación por trabajos relizados por él?

¿Es legal que exista una asociación en que solo queden 3 personas?

En el caso que estas irregularidades fueran ilegales ¿qué consecuencias jurídicas podrian tener en contra de él?

Gracias

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Teresa Ferraz Hermoso de Mendoza

Abogada

Trabaja en:

Asesor particular

03.04.14

Hola Antonio,
Indudablemente el no convocar la asamblea anual obligatoria va en contra de la ley de asociaciones
Art 11.3 La Asamblea General es el órgano supremo de gobierno de la asociación, integrado por los asociados, que adopta sus acuerdos por el principio mayoritario o de democracia interna y deberá reunirse, al menos, una vez al año.
Un saludo
Teresa Ferraz

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#2

Opinión anónima

03.04.14

Antonio, vamos a ir por parte, el primer punto lo ha desarrollado Teresa según el art.11.3 no puede estar 2 años sin convocar la asamblea.
2º La ley permite que un presidente cobre a la asociación mientras no sea por el hecho de ser presidente, puede prestar otros servicios y cobrar por ello si el acuerdo fue adoptado por la Junta o consta en los Estatutos. Los Estatutos son muy importante conviene que te los leas para saber si la actitud del presidente en ese caso es correcta o no.
3º No es ninguna ilegalidad que en una asociación solo queden 3 personas.
En cuanto a la última pregunta no lo se. Suerte

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#3

Respuesta del participante:

Antonio Barrios

03.04.14

Muchas gracias por la información

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