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Consultas Online

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Consulta formulada por:

María Martínez

¿Es necesario legalizar los libros de socios y actas en el registro mercantil?

18.11.09

Necesitaba que me informarais si es necesario llevar el libro de socios y el de actas al registro mercantil para legalizarlos. En la Xunta de Galicia me dicen que en una asociación sin ánimo de lucro no es necesario, y en otros organismos me dicen que si.


Muchas gracias.

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Teresa Ferraz Hermoso de Mendoza

Abogada

Trabaja en:

Asesor particular

20.11.09

hola


Si es obligatorio, lo indica la normativa


Una vez creada la Asociación, registrada su Acta Fundacional y sus Estatutos, y al margen de las obligaciones con Hacienda que se tratan en el apartado específico de Fiscalidad, la Asociación deberá llevar al día el Libro de Actas, el Libro de Socios y los Libros de Contabilidad, que se legalizan en el Registro Mercantil correspondiente (o ante notario.


Gracias y un saludo


Teresa

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#2

Opinión anónima

26.12.09

Lo habitual es acudir a un notario. Un saludo

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