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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Joaquín Laínez González

¿Es necesario un numero mínimo de asociaciones para que una federación pueda celebrar una Asamblea Ordinaria?

19.12.13

Hola,

¿Es necesario un numero mínimo de asociaciones para que una federación pueda celebrar una Asamblea Ordinaria? Al parecer la ley vigente no lo especifica y por tanto en los estatutos no es necesario que se explicite más que en primera convocatoria.

Gracias de antemano compañeros/as.

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Teresa Ferraz Hermoso de Mendoza

Abogada

Trabaja en:

Asesor particular

23.12.13

Hola Joaquín,
La Asamblea es el órgano donde reside la soberanía de la Asociación y está compuesta por todos los socios. Sus características fundamentales son:
Debe reunirse, al menos una vez al año, con carácter ordinario, para aprobar las cuentas del año que termina, y el presupuesto del año que empieza.
Para la modificación de estatutos y todo aquello que se prevea en ellos, la convocatoria será con carácter extraordinario.
El quórum necesario para la constitución de la Asamblea y la forma de adopción de acuerdos se fijará por los propios socios en los estatutos. En el caso de no regularse en estatutos, la ley de asociaciones establece que:
El quórum necesario será de un tercio de los asociados
Los acuerdos de la Asamblea General se adoptarán por mayoría simple de las personas presentes o representadas, cuando los votos afirmativos superen a los negativos. No obstante, requerirán mayoría cualificada de las personas presentes o representadas, que resultará cuando los votos afirmativos superen la mitad, los acuerdos relativos a disolución de la asociación, modificación de los Estatutos, disposición o enajenación de bienes y remuneración de los miembros del órgano de representación.
El funcionamiento de una asociación debe ser democrático. Esto se traduce, en un funcionamiento asambleario, aunque con multitud de características distintivas en diferentes asociaciones, determinadas en parte por el tamaño de su asamblea de socios, el tipo de personas que la forman, los fines de la entidad…
Así, aunque el principio general podría ser “una persona, un voto”, su aplicación no es necesariamente igual si hablamos de personas físicas o de personas jurídicas. Sería perfectamente razonable que cada socio de una FEDERACION (que son todos asociaciones, es decir, personas jurídicas) no disfrutase del mismo peso en las votaciones, sino que éste se ponderase conforme a algún criterio que reflejase su representatividad, por ejemplo en relación al número de socios o a la cifra anual de gasto.
un saludo
Teresa Ferraz

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#2

Aportada por:

Teresa Ferraz Hermoso de Mendoza

Abogada

Trabaja en:

Asesor particular

23.12.13

Hola Joaquín
Te dejo un modelo de estatutos de una federacion que creo q te puede resultar útil.
Al final como puedes ver rigen los estatutos
http://xuventude.xunta.es/uploads/docs/asociacionismo/como_constituir_unha_asociacion/anexo_15_estatutos_federacion.pdf
Un saludo
Teresa Ferraz

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#3

Aportada por:

Teresa Ferraz Hermoso de Mendoza

Abogada

Trabaja en:

Asesor particular

23.12.13

Hola Joaquín de nuevo
Te dejo un link de un ejemplo de una federacion. Mírate el art 12 que hace referencia al quórum
http://www.fprealbetisbalompie.es/estatutos.php
Un saludo

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#4

Respuesta del participante:

Joaquín Laínez González

23.12.13

Muchas gracias Teresa, debemos entender que en segunda convocatoria habría cuórum con cualquier número de Asociaciones, presentes o representadas con derecho a voto y que para las Asambleas extraordinarias es lo mismo pero con una mayoría cualificada en las votaciones. Aunque sea legal, no veo muy coherente que de 100 asociaciones, si se presentan tres, se pueda, por ejemplo, disolver la federación. De nuevo gracias y recibe un atento saludo. Juaqui.

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#5

Aportada por:

Teresa Ferraz Hermoso de Mendoza

Abogada

Trabaja en:

Asesor particular

24.12.13

De nada Joaquín,
Lo que al final quiero trasmitirte es que lo que prevalece es lo que se regulé en los Estatutos. Te he puesto varios ejemplos diversos para que veas como lo regulan otras entidades pero vosotros podéis hacerlo según vuestro propio criterio siempre respetando los principios democráticos de toda asociación
Un saludo
Teresa Ferraz

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#6

Respuesta del participante:

Joaquín Laínez González

26.12.13

Muchas gracias Teresa, a propósito de las fechas, te deseo un feliz 2014 y sucesivos. Juaqui

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