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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Maria Molero

¿Es posible el pago a una persona por trabajos concretos? ¿qué límites tiene?

03.06.08

Se ha realizado en tiempos pasados, pero no sé si existen límites de temporalidad o de montos económicos por persona. Serían trabajos puntuales como la elaboración de un informe final, una asesoría sobre el terreno de un mes, todo ello con IRPF. No se haría el alta de autónomos puesto que el trabajo no es continuo.

Muchas gracias.

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Nacho Ortiz García

Coordinador de Periferia consultoría social www.periferia.es

Trabaja en:

Asesor particular

04.06.08

Estimada María, no hay problema en que paguéis trabajos puntuales a colaboradores emitiendo un justificante de pago con la retención del IRPF. Sólo si hubiera un horario regular de trabajo y una continuidad habría que dar de alta en la Seguridad Social, pero so siendo trabajos sueltos con duración diferente y en fechas esporádicas.
También, ante la duda o si no cuentas con tu colaborador en un momento dado, tienes consultoras como la mía, Periferia, que hacemos esos trabajos facturando.
Un saludo
Nacho Ortiz

solucionesong.org
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