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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Félix Pérez Oñate

¿Está justificado para una asociación el pago de un teléfono móvil a un particular colaborador?

13.12.20

Hola.

Nuestro interlocutor en UDAPS California, Braima Sanha, en Guinea Bissau, se ha quedado sin el móvil privado con el que nos comunicábamos y nos enviaba fotos y videos.
¿Está justificado que desde AVADECA le enviemos el importe de un móvil nuevo? Será usado como hasta ahora, para la asociación y de forma personal para él, ya que si no tiene móvil no podremos comunicarnos.

Gracias.

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Nieves Albacete

Facilitadora en implantación de sistemas de calidad y elaboración de proyectos.Asesoría colaborativa y recursos formativos en www.conlaborsocial.com

Trabaja en:

Asesor particular

15.12.20

Hola Félix, entiendo vuestra duda, y creo que incluyéndolo como gasto material no hay ningún problema, es un gasto menor que sobre todo si podéis justificar el uso, no debe ser un obstáculo para vuestra labor.
Si tenéis que reflejarlo en gastos de algún proyecto y no lo habéis contemplado con anterioridad, se me ocurre que lo metáis en imprevistos.
Si es con fondos propios no dependientes de ninguna subvención, en mi opinión, con reflejarlo en vuestra contabilidad y buscar algún forma de justificar el uso para el rendimiento de cuentas a los socios, es más que suficiente.
Podría hacerse con las facturas de llamadas, cotejándolo al mes u otro método sencillo. No sé si te habré ayudado, quizás algún compañero te pueda dar una información más precisa,
Mucha suerte

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#2

Respuesta del participante:

Félix Pérez Oñate

16.12.20

Gracias, Nieves.

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#3

Aportada por:

Rafael Perez Castillo

Funcionario de la Junta de Andalucí­a. Abogado no ejerciente. Doctorando en Derecho.

Trabaja en:

Asesor particular

27.12.20

Estimado Félix: en relación con la consulta establecida, paso a informarle lo siguiente: sin perjuicio de la aportación que le traslada mi compañera Nieves Albacete, cuyos criterios comparto, vuestra entidad podría satisfacer el importe del nuevo móvil a vuestro interlocutor en UDAPS California, Braima Sanha, en Guinea Bissau, así como, en su caso, las llamadas realizadas por el mismo por cuenta de esa asociación bajo el concepto “compensación por gastos telefónicos” o similar.
Además, sería conveniente que se preparara un documento en el que se recogiera el servicio prestado por el interlocutor, en lo referente al pago del nuevo móvil y de las llamadas telefónicas, y se fijaran las condiciones de compensación del gasto correspondiente. Ese documento tendría la naturaleza de un acuerdo privado entre el interlocutor y la asociación.
Espero haberle ayudado.
Cordialmente.
Rafael Pérez Castillo.
rperezcastillo@gmail.com

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