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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Nieves Gonzalez Ardura

Estamos desarrollando un proyecto en África, qué sería más adecuado ¿ser asociación de ámbito nacional o ONGD?

07.06.06

Nos gustaría que nos informaseis sobre las diferencias que existen a la hora de recibir subvenciones y ayudas para un proyecto concreto de “hogar escuela en África” entre ser una asociación nacional y ONG de desarrollo.

¿Sería mejor pasar de ser asociación a ONGD ya que llevamos este proyecto en África?

Muchas gracias.

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Respuestas

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#1

Opinión anónima

07.06.06

Mas adecuado ser una organización de ámbito nacional (asi podeis optar a financiacion de las autonomias y a financiacion solo para organizaciones de ámbito nacional), y tambien organización de desarrollo (si trabajais en cooperacion). Ambas opciones no son incompatibles.

Si ademas pensais trabajar en proyectos de cooperacion al desarrollo convendria que os dierais de alta en el registro de la AECI (el sitio web , www.aeci. es, explica muy bien todos los tramites), ya que el tramite de inscripcion ante la AECI lleva su tiempo.

Suerte. Marga Verón

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#2

Excelente

Aportada por:

Alvaro Ortega Santos

Cooperante, gestor cultural y experto en asociacionismo.

Trabaja en:

Asesor particular

07.06.06

No entiendo su pregunta: debería de aclararla, ya que una asociación y una ONGD no son figuras divergentes. Es cierto, que una ONGD puede tener muchas formas, como puede ser una fundación, pero también puede ser (según sus fines) ONGD una asociaciación ya sea nacional o no.

Lo que le da la condición de “ONG” a una entidad es su pertenecia a la sociedad civil, y la no dependencia de la administración pública y la “D” final, correspondiente a “Desarrollo” se la da sus fines y objetivos.

Es decir, si ya son asociación, ya son ONG, y si sus fines son compatibles, pueden ser también ONGD.

Cómo se reconoce la condición de ONGD?

No hay normativa específica, pero se puede obtener un aval en ese sentido, si se integran en una Coordinadora de ONGDs o si se dan de alta en el Registro de entidades de cooperación de AECI.

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#3

Opinión anónima

07.06.06

No conozco en detalle la legislación que podría regirlos, pero comparto con las otras respuestas que ser asociación no es incompatible con ser ONGD. De todas maneras, sería conveniente hacer un análisis que les permita manejar la situación nacional (excenciones tributarias, posibilidades de alianzas estratégicas con otras asociaciones, licitación ante el Estado, etc) y a la vez, recibir las subvenciones de la cooperación internacional. Así mismo, analizar cuál de las dos modalidades implican menos tramitología ante las entidades que las reconocen.

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#4

Opinión anónima

08.06.06

Estimada Nieves:

Desde el punto de vista jurídico una entidad sin ánimo de lucro puede ser asociación o fundación. En el primer caso hay también diferencias entre las asociaciones no declaradas de utilidad pública y las que sí han sido declaradas como tales en cuyo caso la ley establece una serie de exigencias que a nivel contable y fiscal la asemejan a las fundaciones.

El término ONG es, tan sólo, eso un término que se utiliza para denominar a determinadas entidades para diferenciarlas de otras. También se utilizan otros términos tales como ESAL (entidad sin ánimo de lucro) o ENL (entidad no lucrativa) pero ninguno de ellos tiene trascendencia jurídica.

Cuando surge la palabra ONG se utilizaba para designar a las entidades (asociaciones y fundaciones) que trabajaban en el ámbito de la cooperación. En un determinado momento, hace unos años, se extiende ese denominación a otras entidades que desarrollaban proyectos en España por lo que se acuña uno nuevo, ONGD, para diferenciar a aquellas que trabajan en Desarrollo ejecutando proyectos en Países del llamado “Tercer Mundo” o Países en Desarrollo.

Por lo que respecta a la conveniencia de tener un ámbito local, regional o nacional todo dependerá de los fines de la asociación y de la voluntad de sus socios. En todo caso, el ser de ámbito nacional permite acceder a un mayor abanico de subvenciones.


Un cordial saludo.


Las respuestas dadas por la FUNDACION LUIS VIVES no son vinculantes, por lo que no se responsabiliza de posibles controversias que pudieran surgir a los consultantes en situaciones relacionadas con las materias objeto de la consulta.

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#5

Aportada por:

Montse de Paz

Fundación ARSIS

Trabaja en:

Asesor particular

09.06.06

Hola, Nieves, soy Montse de Paz, tu profesora de captación de fondos. Todas las respuestas anteriores son perfectas. Jurídicamente puedes ser asociación o fundación (todas son ONG). Para resaltar que trabajáis con otros países en desarrollo, me parece muy indicado el consejo de Marga Verón, de inscribiros en el registro de la Agencia Española de Cooperación (AECI) y mirar de formar parte de alguna coordinadora o federación de ONG que trabajen para el desarrollo, como la CONGDE, o similares. Pertenecer a redes de entidades y tener ámbito nacional os abrirá puertas y añadirá puntos a vuestras solicitudes de ayuda.

solucionesong.org
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