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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Estrella Buendia

¿Estamos obligados a guardar una copia de los certificados de donaciones?

28.01.10

¿Es obligatorio guardar copia de los certificados de donaciones que entregamos a los que nos donan?.


Muchas gracias.

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Bernardo Naranjo Luna

Colaborador en Contabilidad y Fiscalidad www.balendu.org

Trabaja en:

Asesor particular

29.01.10

Estimada Estrella,


Si te refieres a los certificados anuales que se envían a los socios/donantes que vienen recogidos en el modelo 182 de Hacienda para la declaración anual de IRPF o IS, no es necesario guardar copia, ya que todos los datos te vienen recogidos en el modelo 182.


Si no tenéis que hacer dicho modelo y emitís certificados por cada donación, no es algo común guardar dichos certificados, siempre que en contabilidad llevéis un control de las donaciones y un fichero extracontable con información de los donantes del año. Ahora bien, si ya que se emite el certificado os guardáis una copia para vuestra contabilidad, mejor que mejor, para documentarla lo mejor posible.


Espero haberte servido de ayuda. Un saludo cordial,


Bernardo Naranjo


gestion@balendu.org

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#2

Aportada por:

Francisco Romero

C.I.E.M.

Trabaja en:

Asesor particular

29.01.10

No se me ha planteado nunca esa duda, pero si llevais un control contable adecuado, creo que no hace falta, porque en todo momento puedes saber quién ha donado, cuánto y en qué fecha, por lo que emitir un duplicado no es conflictivo.

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