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Consultas Online

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Consulta formulada por:

ONG en proceso de constitución

Estamos valorando constituir una fundación cuya dotación esté compuesta por bienes inmateriales ¿Es válido?

11.10.16

Hola,

Estamos valorando constituir una fundación en la que la dotación estaría compuesta de bienes inmateriales (marca, sitio web y derechos de autor). ¿Qué le tenemos que pedir al tasador para que la tasación sea válida?

Ahora los ingresos de la web son pequeños y provienen de la publicidad, pero la idea es eliminarla en cuanto se pueda sin perjudicar la actividad.

Las actividades permanentes se realizan en la web y para la presencial contamos con ayuda de otra fundación, que nos cede el espacio.

El presupuesto actual no da para mas.

Muchas gracias,
Lucía

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Ramón Perez-Lucena

Especialista en Fundaciones, www.abogadodefundaciones.com

Trabaja en:

Asesor particular

11.10.16

La ley dice que la dotación se “presume” a partir de 30.000 euros. La dotación puede ser en dinero… o en bienes y/o derechos.

Una dotación como la que comentas es perfectamente válida y tengo algunos ejemplos de fundaciones así constituidas. Pero… dependerá del protectorado que te toque por el ámbito que te dejen o no. Por ejemplo, hace unos meses aporté la dotación a una fundación con un tipo de bienes, pero a la funcionaria del protectorado no le pareció adecuada, aunque si suficiente y por tanto me denegaron la inscripción. Pues bien, lo presenté en un protectorado regional (la misma dotación) y si la inscribieron. Para colmo, la misma funcionaria que lo había denegado pues no le gustaba… había aprobado otra idéntica meses antes.

Es decir, que depende de la discrecionalidad de la administración, lamentablemente.

Si quieres conocer más sobre el tema, te recomiendo este texto. Aquí.
http://www.abogadodefundaciones.com/fundaciones-la-dotacion-fundacional-una-concepcion-actual/

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#2

Opinión anónima

11.10.16

Gracias por la respuesta, Ramón.

Al ser una web y constarnos que varios de los participantes en las actividades residen en el extranjero, que además queremos involucrarlos en una actividad que tenemos en mente pero ahora no llevamos a cabo por falta de medios, el ámbito sería internacional o nacional.

La pregunta venía mas por el lado de qué le podemos pedir al tasador para que sea más fácil que acepten la dotación en bienes. Lo pregunto porque hemos pedido varios presupuestos y varían enormemente, como 4 veces entre el mas barato y el mas caro y alguna diferencia debe haber. De hecho, como son varias decenas los autores cediendo derechos, estaba pensando que la cesión la hiciesen después de la inscripción de la fundación.

En paralelo hemos redactado un plan de viabilidad según las actividades del plan de actuación y sale que habría reservas o equilibrio al adaptarse el presupuesto de la actividad que mas se lleva al dinero real de que se disponga. La verdad es que llevamos así 13 años, por lo que era difícil que saliese otra cosa, pero el paso a la fundación nos serviría para acceder a subvenciones para poder realizar nuevas actividades u organizarlas un poco mas ambiciosamente.

Alguna vez me han preguntado porqué fundación y no asociación y es porque en el pasado ya tuvimos un grupo de gente que malmetió y eso de una asociación con estatutos que hagan casi imposible la entrada de nuevos socios me parece una perversión de lo que debería ser una asociación.

solucionesong.org
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