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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Juan Carlos García Rubira

Evaluación arbitraria de una solicitud de subvención

01.11.23

Hola,
Hemos recibido una valoración de solicitud de subvención en la convocatoria al IRPF en la que apartados que cumplimos y en el año anterior nos daban la máxima puntuación, en esta nos dan mucho menos puntuación, sin explicación ninguna. ¿Cómo podemos alegar?
Muchas gracias

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Respuestas

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#1

Excelente

Aportada por:

Teresa Ferraz Hermoso de Mendoza

Abogada

Trabaja en:

Asesor particular

01.11.23

Hola Juan Carlos
La puntuación en la convocatoria es la misma que el año pasado? Me refiero al baremo. Cuenta igual?
Si no estáis conformes podéis interponer un recurso de reposición contra el mismo órgano que dictó la resolución
De todas formas en la resolución seguramente os lo indiquen
Un saludo
Teresa Ferraz

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#2

Excelente

Aportada por:

Concha Montoya Oliver

Abogada

Trabaja en:

Asesor particular

01.11.23

En el B.O.de Andalucía de 4 de julio de 2023 tenéis publicada la Orden de 28 de junio de 2023, por la que se convocan las subvenciones a las que os referís.
Tendréis que comprobar con exactitud el baremo de calificación y ver si la puntuación que os han dado es la que corresponde, aunque hay que tener en cuenta que estas valoraciones tienen siempre una cierta discrecionalidad.

De todos modos, en esa Orden se tiene previst: “4. De conformidad con lo previsto en el apartado 2.b) del cuadro resumen de cada
una de la líneas de las bases reguladoras, está prevista la posibilidad de reformulación de las solicitudes”.

Así que mi consejo es que, además de una llamada telefónica que nunca está de mas por si os pueden explicar lo que ha pasado, intentéis ir por el camino de la reformulación de las solicitudes; es decir, comprobar bien lo que habéis hecho, e intentar “reformular” (es decir, mejorar) lo que habéis presentado. Es la única solución viable, siempre y cuando os la admita la Administración andaluza.

La Resolución cierra la vía administrativa, por lo que no ha lugar a reposición y solo os queda recurrir por vía contencioso-administrativa, que no os la recomiendo en absoluto.

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#3

Excelente

Aportada por:

Teresa Ferraz Hermoso de Mendoza

Abogada

Trabaja en:

Asesor particular

02.11.23

Hola
Únicamente hacer una aclaración con respecto a lo comentado por la compañera
El recurso de reposición es un medio potestativo de impugnación de actos administrativos que ponen fin a la vía administrativa y se encuentra regulado en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, en lo sucesivo LPAC
Por tanto este recurso se encuentra en vía administrativa
En tal caso proceded como prefiráis pero sabiendo que podéis impugnar esa resolución salvo que la misma dijese lo contrario
Un saludo
Teresa Ferraz

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#4

Excelente

Aportada por:

César Valencia Rodríguez

Fundación Gestión y Participación Social

Trabaja en:

Asesor particular

02.11.23

Hola, Juan Carlos

Creo que estáis en Madrid y, por tanto, se trata probablemente de la convocatoria de IRPF de la Comunidad de Madrid. Si es así, como se trata de la adjudicación provisional, tenéis hasta el 7 de noviembre para presentar alegaciones. Para ello, tenéis que incorporar vuestras alegaciones a la documentación entregada en su momento (“aportar documentos al expediente”), cuidando de que coincida el número de expediente, si es que habéis presentado varios proyectos. El formulario para presentar alegaciones no recuerdo ahora mismo cómo lo distribuyeron, así que lo pongo como anexo.

En cuanto a cómo se hace, tenéis que argumentar lo mejor que podáis en el punto apropiado por qué estimáis que la puntuación asignada está equivocada. Varios de los criterios de valoración son muy opinables, pero vuestra esperanza es que la nueva valoración la efectúe una persona diferente de la que os hizo la primera (yo esto lo desconozco). En cualquier caso, hacéis bien en intentarlo.

Un saludo

César Valencia
Fundación Gestión y Participación Social
www.asociaciones.org

Esta aportación tiene un documento que la complementa. ¡Descárgalo!

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#5

Respuesta del participante:

Juan Carlos García Rubira

03.11.23

#1 #3: Gracias Teresa, el baremo es idéntico al del año pasado, y con el mismo contenido en algunos de los apartados nos otorgan menos puntuación, Como consecuencia, pese a haber mejorado en otros apartados, nos resulta una valoración total mucho más baja de forma inexplicacable. #2 Gracias Concha. Nuestro problema es con la Comunidad de Madrid. Allí no hay forma de avanzar nada contactando ni en persona ni por teléfono. Bareman y ya está, parece que despachan churros y cuidado con protestar.

  1. 4: Muchísimas gracias César. Así haremos.
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#6

Respuesta del participante:

Juan Carlos García Rubira

03.11.23

Muchisimas gracias a los tres,

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