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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Karlos San Pedro Vitutia

¿Existe alguna normativa o recomendación que regule los puentes laborales?

25.01.06

Me gustaría saber si existe alguna normativa o recomendación que regule los puentes laborales.
¿Existen límites por año o sería un acuerdo entre trabajadores y entidad? ¿Podríais contarnos cual es vuestra experiencia o criterio respecto a este tema?

Muchas gracias.

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Respuestas

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#1

Opinión anónima

25.01.06

Sobre los puentes laborales encontraras información en el calendario laboral de la provincia en que teneis los centros de trabajo.
Por otro lado, deberías consultar el convenio colectivo de aplicación, dado que ahí te indicará cómo funcionan los festivos.
En cualquier caso, consulta el calendario de tu provincia para determinar qué puentes están previstos.
Espero que la información sea de utilidad.
Esta respuesta no es vinculante.

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#2

Opinión anónima

25.01.06

Los únicos días festivos reconocidos legalmente son los publicados cada año en los calendarios laborales de las diferentes comunidades autónomas. Cualquier otro día puede ser acordado por convenio colectivo o incluso convenio de empresa, en cuyo caso también tendria caracter obligatorio. De no existir nada al respecto habria que atenerse a los acuerdos que se pudiesen alcanzar entre empresa y trabajadores.

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#3

Opinión anónima

27.01.06

Ya tiene bien contestada la cuestión propuesta, por mis colegas de asesoramiento que figuran debajo de su consulta, puedo añadir que el disfrute de los puentes tienen la consideración de “Condición más beneficiosa” para los trabajadores que los tienen concedidos, ya que una vez instaurados, es obligatoria su concesión, siendo susceptibles de negociación su modificación o supresión.

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