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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Lorena Manrique Pastor

¿Existe exención para las ONG de la obligación de ser 'Contratistas del Estado' para poder concursar en una oferta pública?

13.09.06

Deseo hacerles una consulta sobre un pliego publicado en el Ayuntamiento de nuestro municipio para el servicio de recogida de animales abandonados en el municipio.

Una de las condiciones exigidas, puesto que el presupuesto es de 133.000 euros, es ser Contratista del Estado.

El concurso ha quedado desierto puesto que ni la empresa (S.L.) que se ha presentado, ni nosotros somos ‘contratistas del estado’.

Pero mi pregunta es, ¿igualmente nosotros como ONG hemos de cumplir esa condición o existe alguna exención?

Muchas gracias.

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Respuestas

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#1

Muy buena

Aportada por:

Alvaro Ortega Santos

Cooperante, gestor cultural y experto en asociacionismo.

Trabaja en:

Asesor particular

20.09.06

La Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, es clara al respecto: es requisito indispensable que “el empresario” haya obtenido previamente la correspondiente clasificación. Se establecen una serie de excepciones, en función a la categoría del contrato y presupuesto manejado. En ese sentido, no depende del tipo de contratista (pese a la ausencia de ánimo de lucro, a efectos de esta ley son empresario) ni de los fines del mismo, sino del propio contrato.
Podrán consultar el texto en http://www.contratistaestado.com/nl/bar_pr_ley.htm

Si tienen dudas sobre las condiciones correspondientes al tipo de contrato que les atañe, pueden resolverlo de un modo práctico a través de http://www.contratistaestado.com/util/util_exi1.php

Por otra parte, el art. 25.3 de esta Ley afirma: “Excepcionalmente, cuando así sea conveniente para los interesados públicos, la contratación con personas que no estén clasificadas podrá ser autorizada por el Consejo de Ministros, previo informe de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa, en el ámbito de la Administración General del Estado. En el ámbito de las Administraciones de las Comunidades Autónomas dicha autorización será otorgada por los órganos competentes.” Deberán consultar al respecto a su ayuntamiento.

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