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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Juan Sorribas

¿Existiría algún problema legal si denominamos una asociación con el nombre de una persona fallecida?

17.07.18

Hola,

Hemos creado una Asociación que vamos a dar de alta. Queremos darle el nombre de una persona fallecida como reconocimiento a su importante labor. ¿Habría algún problema legal?

Saludos y gracias

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Valentín Playá Serra

Abogado y especialista en Tecnologias de la Informacion

Trabaja en:

Asesor particular

02.08.18

Juan,

Yo creo que habría que comunicárselo previamente a sus herederos, sobre todo por cortesía pero es posible que legalmente haya que hacerlo.

Saludos,

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#2

Aportada por:

Juan González Martín-Palomino

Abogado. Asesor Tributario ESFL

Trabaja en:

Asesor particular

02.08.18

Tal como señala Valentín entiendo que lo correcto es comunicarlo, e incluso obtener autorización, tácita o explícita, de sus herederos.

Saludos.

Juan González Martín-Palomino.

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#3

Aportada por:

César Valencia Rodríguez

Fundación Gestión y Participación Social

Trabaja en:

Asesor particular

03.08.18

Hola.

Cuando el nombre de la asociación que se quiere inscribir incluye el nombre o seudónimo de una persona, el Registro Nacional de Asociaciones exige consentimiento expreso de esa persona o sus sucesores. Los demás Registros de asociaciones posiblemente harán igual.

Un saludo

César Valencia
Fundación Gestión y Participación Social
www.asociaciones.org

solucionesong.org
Un proyecto de