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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Alexandre Martínez Pérez

Faltan actas de libros antiguos

23.04.19

Hola,

Acabamos de entrar una nueva junta directiva en la asociación, y nos hemos encontrado con que faltan algunas actas de libros de hace años, que aún no han sido sellados por el registro.

Los miembros de la junta directiva de entonces nos dicen que no saben nada del tema, y ya no conservan ninguna documentación, por lo que no sabemos muy bien como proceder… ¿Qué tendríamos que hacer?

Hemos llevado al Registro de la Xunta de Galicia los libros que estaban completos, pero hemos esperado para ver si podíamos solucionar este tema para llevar los de esos años. Ahora ya sabemos que las actas están “oficialmente” perdidas, así que…¿qué se debe hacer?

Muchas gracias por vuestra ayuda.
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Respuestas

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#1

Opinión anónima

23.04.19

Hola, Alexandre, si las actas están perdidas, pues no hay nada que hacer.
¿Cual es el problema que realmente os afecta?
Si no os afecta realmente, no os preocupeis demasiado, es algo habitual en las asociaciones que suceda eso. En todo caso, a efectos de control interno vuestro, podeis hacer un acta de directiva y reflejar en ella la documentación que habeis encontrado al haceros cargo de la directiva y la documentación que falta y asunto listo.
Si necesitais esas falta, indícame para qué las necesitaríais para que os pueda dar alguna recomendación.
UN sludo y ánimo con vuestra labor.

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#2

Respuesta del participante:

Alexandre Martínez Pérez

24.04.19

ok, ya veo… No es que nos hagan falta las actas esas… pero como van todas numeradas resulta obvio que faltan, y a la hora de registrar los libros no sé si deberíamos, quizá, introducir ahí una hoja con la mención “acta extraviada”, o algo así; tipo cuando se hace una rectificación o se anula alguna hoja. Trataremos, pues, el asunto en una junta directiva para que quede reflejado en el acta la relación de documentos que detectamos que faltan. Muchas gracias por la ayuda. Un saludo!

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#3

Aportada por:

Rafael Perez Castillo

Funcionario de la Junta de Andalucí­a. Abogado no ejerciente. Doctorando en Derecho.

Trabaja en:

Asesor particular

27.04.19

Estimado Alexandre: en relación con la consulta planteada, paso a informarle lo siguiente: en línea con lo que le traslada mi compañero Xosé María, si es obligatoria la legalización de los libros de vuestra asociación en el Registro de Asociaciones de la Xunta de Galicia, y la cuestión de la falta de actas en los libros asociativos no es realmente trascendente, bastaría con efectuar un acta en el seno de la Junta Directiva, reflejando la documentación que habéis encontrado al tomar posesión en dicho órgano de representación.
Cuestión distinta sería que dicho extravío de actas en los libros de vuestra entidad tuviera un carácter trascendente para el desenvolvimiento de la asociación, en cuyo caso junto con el acta antedicha, se podría acreditar dicho extravío mediante denuncia policial o por un acta notarial, incluyéndose estos documentos junto con la petición de legalización de los libros al Registro de Asociaciones de la Xunta de Galicia.
Espero haberle ayudado.
Cordialmente.
Rafael Pérez Castillo.
rperezcastillo@gmail.com

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