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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Aida Pérez Rodríguez

Financiación de los gastos para creación de centro especial empleo: ¿subvención concedida o fondos propios de nuestra Fundación?

14.01.05

Hemos recibido una subvención para poner en marcha un centro especial de empleo.

Posteriormente decidimos crear una empresa para realizar esta actividad y enviamos a la entidad que nos concedió la subvención un presupuesto detallado donde se contemplan los gastos de creación de la empresa.

Desde la asesoría se nos comenta que no podemos hacer uso de esa subvención para poner el capital (somos únicos socios de la nueva empresa) ni para pagar los gastos de notaría.

No compartimos la opinión porque se nos dio la subvención para todos los gastos en los que incurramos para poner en marcha el centro especial de empleo.

Queríamos una opinión profesional argumentada.

Muchas gracias.

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Milton Rios Correa

Soluciones informáticas para gestion de la Cooperación Técnica Internacional

Trabaja en:

Asesor particular

14.01.05

Aida
Reciba mi cordial saludo

Efectivamente, no es posible por las siguientes razones:
1. Porque la decision de crear la empresa ha sido posterior a la fecha de recepción de la subvención, en consecuencia no se puede cambiar de destino.
2. El capital en una empresa esta orientado necesariamente a generar utilidades que luego se distribuye entre sus socios lo cual contradice la escencia no lucrativa de la Fundación.
3. Yo conozco de algunas Entidades sin fines de lucro en Latinoamerica, que sin embargo son accionistas de empresas lucrativas, sin embargo el financiamiento lo obtuvieron con autorización previa del donante para que se utilizara asi el dinero. Sin embargo, esto ultimo no es muy usual.

Muchos exitos

Milton

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#2

Opinión anónima

15.01.05

Hola Aida.

Técnicamente las razones 1 y 2 que Milton comenta son suficientes para que os deniegen la solicitud de uso y/o asignación de partidas subvencionas al fin que expones.

Sin embargo, en términos ‘no técnicos’ de creación y desarrollo de proyecto, es razonablemente correcto pensar que las dotaciones concedidas puedan ser asignadas a cualquier concepto encaminado a la consecución del objeto para el que dichas dotaciones se sustanciaron. Tal y como tu lo planteas la creación de la sociedad está netamente orientada a la consecución del objeto de la subvención. Por tanto, yo te diría que utilices todos los mecanismos técnicos que te permitan utilizar los fondos en cuestión para dichos gastos; y cuando digo mecanismos técnicos me refiero a que hay fórmulas que te permitirían utilizar dentro de la normativa con un porcentaje muy alto de seguridad jurídica los fondos para cubrir esos gastos.

Finalmente, la normativa carece de flexibilidad en puntos como el que tu planteas para evitar determinado tipo de ‘abusos’ que a veces se producen ya para maximar la adecuación de la naturaleza de la subvención al objeto subvencionado.

Mucha suerte y un saludo cordial.

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#3

Opinión anónima

15.01.05

Hola Aida,

¿Cual fue el mecanismo inicialmente propuesto (por su organización) por el cual se recibio la subvención?

¿Que tipo de empresa es la que posteriormente proponen crear para la puesta en marcha del centro?

Sí la subvención es para “poner en marcha” el centro de empleo ¿la entidad que proporciona la subvención dio por asegurado que ya existian las condiciones logisticas, económicas y técnicas necesarias para la creación de dicho centro?.

En muchas ocasiones la forma en que se presenta un (o los) proyecto(s) a los posibles finanaciadores de éstos, es lo que permite la presencia deuna serie “conflictos” por llamarlos de alguna manera, para los ejecutores de tal(es) proyecto(s).

Cabe anotar que como aclaran Milton y Alejandro se exije cada vez más la inclusion de mecanismos (legales, administrativos y logísticos) en los que sea el grupo de personas objetivo (del proyecto) los ejecutores de dichos proyectos de desarrollo, por lo que una reorientación hacia este punto, en cuanto a lo que el tipo de empresa a crear se refiere, pueda ser suficiente o al menos el primer paso para pueda llevarse a cabo la puesta en marcha del centro.

Espero que pueda ser, en alguna manea, de ayuda mis comentarios.

Luz Eugenia R.

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#4

Opinión anónima

16.01.05

Estimada Aida:

Toda subvención se concede para un fin concreto y determinado. Cuando presentaste el proyecto se te aprobó para la puesta en marcha un Centro Especial de Empleo financiando una serie de partidas específica.

Cualquier cambio en el proyecto financiado debe ser solicitado a la entidad u organismo que lo subvenciona quien podrá dar su autorización para que se realice la modificación o rechazarla en cuyo caso a la ONG se le plantean dos opciones:

- O realizar el proyecto en los términos aprobados.
- O devolver la subvención.

En vuestro caso parece ser que el donante no autoriza el cambio de destino de los fondos para crear la empresa, por lo que deberéis decidir una de las dos opciones citadas.



Un cordial saludo.


Las respuestas dadas por la FUNDACION LUIS VIVES no son vinculantes, por lo que no se responsabiliza de posibles controversias que pudieran surgir a los consultantes en situaciones relacionadas con las materias objeto de la consulta.

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#5

Opinión anónima

20.01.05

Estimada Aida, por lo visto ya profesionales con amplia trayectoria le han propuesto sus puntos de vista ,bien argumentados.Sencillamente le hago llegar una opinión sintetica y básica para estos casos.Siempre una ONG debe estar preparada con fondos propios, cualquiera sea la resolución a tomar, como en su caso de la empresa.La regla sería la siguiente:siempre(o por lo minimo) el 80% de los gastos corresponden al financiamiento,o subvención y el otro 20% lo asumirá la institución,en este caso,la suya,Por lo que se ,así se entiende a nivel internacional este tipo de mecanismos.Mis mejores deseos.

solucionesong.org
Un proyecto de