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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Oliver Ignacio de la Rosa Delgado

¿Hay algún problema legal en que una asociación preste servicios para empresas?

08.12.13

Hola,

Estamos en plena crisis económica y cada vez requiere de mayor ingenio para una ONG pequeña el pagar las facturas de sus proyectos sociales. Algunas personas que realizan voluntariado en la entidad que presido, me han propuesto que por que no de cara a 2014 ofrezcamos servicios para empresas, es decir, convertir nuestros procesos de formación, gestión de recursos humanos, publicidad… etc en servicios para empresas con los que poder financiarnos como entidad y crear puestos de trabajo para nuestros proyectos de inserción laboral.

La idea es llegar a un contrato mercantil con ciertas empresas para prestarles estos servicios. Como seríamos ambas entidades jurídicas de pleno derecho, no debería haber problema en esto ¿Cierto? Los fondos repercutirían en la labor de la entidad y sería una forma de ayudar a pequeñas empresas a prosperar, por ejemplo, ofreciéndoles servicios de diseño gráfico de carteles, realizar buzoneo, clases de inglés para sus empleados… etc. Temas como la formación están entre nuestros fines en los Estatutos.

Para promocionar estos servicios entre las empresas se nos había ocurrido derivar a personas en paro de larga duración y jóvenes sin recursos, perfiles que tenemos en varios de nuestros proyectos sociales. La idea es contratarlos de alguna forma como promotores de forma que, ayudando a nuestra entidad a pagar facturas mediante la captación de empresas, ellos también tienen unos ingresos que les permitan salir adelante en un entorno político que cada vez les recorta más las ayudas y subsidios. Lo ideal, según hemos pensado, es pagar algún tipo de comisión por estas “ventas”.

Además, para el desempeño de estos servicios, ya que hay que tener la garantía de poder cumplir con lo contratado, creemos que el “personal” que lo desempeñe debería ser también contratado. Para esto queremos contar, por ejemplo, con jóvenes que acaben de terminar sus estudios, y que necesiten experiencia laboral.

Como nuestra entidad en todos sus años de existencia nunca ha contratado a nadie, sino que siempre hemos funcionado con voluntariado, no sabemos que pasos seguir para llevar a cabo todo esto que les he descrito, que limitaciones legales tiene o si hay que darle de alta en algún sitio (como la seguridad social, hacienda o algo así). Tampoco sabemos muy bien que tipo de contratos se pueden hacer en cada caso, creemos que por obra o servicios, pero antes de dar palos de ciegos en cosas de cierto calibre y tener un problema que nos impida poder seguir ayudando a las personas prefiero consultarlo con ustedes.

¿Cómo lo ven? ¿Es viable? ¿Es legal? ¿De que manera podemos llevarlo a cabo?

Muchas gracias.

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Teresa Ferraz Hermoso de Mendoza

Abogada

Trabaja en:

Asesor particular

09.12.13

Hola Oliver,
De acuerdo a la Ley Ornánica 1/2002 de 22 de marzo, cualquier asociación puede realizar actividades económicas en el cumplimiento de sus fines, sin peder por ello la condición de entidad sin ánimo de lucro, siempre y cuando los posibles beneficios de de esta actividad se destinen a los fines de la asociación y no se repartan.
Deberás darte de alta en el IAE y cumplir con distintas responsabilidades exigidas por ley.
Un saludo
Teresa Ferraz

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#2

Respuesta del participante:

Oliver Ignacio de la Rosa Delgado

09.12.13

Hola Teresa, muchas gracias por contestar a mi pregunta tan rápido. Me quedo más tranquilo al ver que es posible, esto puede ser muy útil a la hora de poder financiar proyectos sociales en 2014.

Todo esto es un poco nuevo para mí ¿Qué es el IAE? ¿Cómo podemos darnos de alta? ¿Que tipo de responsabilidades debemos cumplir? Muchísimas gracias.

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#3

Aportada por:

Blanca Pérez Álvarez

Equipo SolucionesONG.org

Trabaja en:

Fundación Hazloposible

09.12.13

Hola Oliver,

Te dejo consultas ya resueltas donde puedes ver información sobre el IAE:

¿Podéis ayudarnos en los trámites para dar de alta nuestra asociación en el IAE?

¿Podéis recomendarnos en qué epígrafe del IAE debemos darnos de alta?

Además, en estos enlaces puedes ver consultas ya resueltas sobre alta en el IAE= y sobre otros temas= relacionados con este impuesto.

Espero que te resulte útil esta información.

¡Saludos!

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#4

Aportada por:

Teresa Ferraz Hermoso de Mendoza

Abogada

Trabaja en:

Asesor particular

09.12.13

Gracias a ti Oliver,
Ya veo que además la compañera Blanca te ha dejado un montón de información al respecto
Un saludo y suerte
Teresa Ferraz

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#5

Respuesta del participante:

Oliver Ignacio de la Rosa Delgado

12.12.13

Muchísimas gracias Blanca y Teresa por la ayuda, estoy viendo la información justo ahora. Si me surge cualquier duda les pregunto, pero parece todo bastante claro. Un saludo cordial.

solucionesong.org
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