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Consultas Online

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Impuesto sociedades

23.11.22

Buenas noches.
Somos una asociación Animalista y nuestras ganancias son donaciones y el costo de adopciones de los animales.
Nosotros nos gastamos el dinero en medicinas, veterinarios, microchips, vacunas etc.
Nos gustaría preguntar por el impuesto de sociedades ya que las ganancias de adopciones y donaciones no se considerarian rentas no exentas?
Muchas gracias

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Respuestas

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#1

Aportada por:

César Valencia Rodríguez

Fundación Gestión y Participación Social

Trabaja en:

Asesor particular

21.12.22

Hola.

Es muy común lo que comentas en asociaciones animalistas, y se trata de una cuestión controvertida.

Vuestro punto de vista, habitualmente, es que al dar en adopción un animal no realizáis una actividad económica, sino que estáis repercutiendo a quienes reciben al animal los gastos en que incurristeis para su mantenimiento y su atención veterinaria.

Independientemente de que se gane o se pierda dinero, el punto de vista de Hacienda es que cuando se cobra algo como contraprestación a un servicio prestado (el cuidado del animal, previo a la adopción), eso es una actividad económica.

Esas actividades –salvo para entidades que estén en el Régimen fiscal especial porque son fundaciones o asociaciones declaradas de utilidad pública– tributan en el Impuesto de Sociedades por los beneficios obtenidos.

Es posible que esa actividad no arroje beneficios o que éstos sean muy reducidos (el 25% de muy poco es muy poco), pero el mayor problema estriba en tener que confeccionar la declaración del impuesto, que es complicada.

En cambio, los donativos recibidos (si no tienen contraprestación) están exentos en ese impuesto.

Un saludo

César Valencia
Fundación Gestión y Participación Social
www.asociaciones.org

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