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Consultas Online

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Consulta formulada por:

ONG en el anonimato

¿Incumplimos la LOPD si ponemos en un tablón de noticias las fotos de socios dados de alta y de baja?

26.06.14

Hola,

Quería saber si se incumpliría la Ley de protección de datos personales en el caso de poner en nuestro Tablón de Noticias las fotografías de los nuevos socios que se dan de alta y también las fotos de los que se dan de baja.
Es un tablón que está dentro de la Sede de la Entidad, a la vista de cualquier persona que entre en ella.

Les felicitamos por su Web y por la facilidad para contactar con Uds.

Un saludo.

Agrupación de Personas Sordas de Zaragoza y Aragón

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Teresa Ferraz Hermoso de Mendoza

Abogada

Trabaja en:

Asesor particular

26.06.14

Hola,
Las fotografías que publiquéis tanto en Internet como en un tablon de anuncios vulneraría la legislación en materia de Proteccion de Datos ya que un tablón de anuncios (en este caso) es fuente accesible al público general y por tanto no pueden ser publicadas para un fin diferente. Solo podríais publicarlas con el consentimiento explicito de los socios en cuestión (los que se dan de alta y los que se dan de baja)
Un saludo
Teresa Ferraz

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#2

Opinión anónima

26.06.14

Pero cuando un Socio se da de alta, firma un documento de autorización/cesión de imagen para ser publicada en la Revista de la Entidad…
Adjunto el documento escaneado.
Con este documento quedaría autorizado el poner las fotos en el tablón?. De hecho cuando algún socio de la Entidad fallece se pone su foto habitualmente en dicho tablón.
Un saludo.,

Esta aportación tiene un documento que la complementa. ¡Descárgalo!

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#3

Aportada por:

Valentín Playá Serra

Abogado y especialista en Tecnologias de la Informacion

Trabaja en:

Asesor particular

26.06.14

Para los que se dan de alta podría valer el documento que nos envias. De los que se dan de baja deberías conservar unicamente los datos imprescindibles para las cuentas de la asociación, la foto deberías de borrarla de tus archivos.

De todas formas aún con el consetimiento debería haber una razón para publicar las fotos de los socios. No sé si por el hecho de ser una asociación de sordos las fotos pueden ayudar a que los socios se conozcan entre ellos.

Saludos,

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#4

Opinión anónima

26.06.14

Buenas tardes,

entiendo que la ASZA no incumplirá la legislación sobre protección de datos personales (LOPD) si, en el mismo documento a través del cual debe cumplir, como responsable del fichero o tratamiento, con el deber de información a cambio de la recogida de los datos personales de los nuevos soci@s, obtiene, mediante, por ejemplo, el marcado de una casilla en blanco, el necesario consentimiento “inequívoco” de est@s para la captación y difusión de su imagen.

El hecho de que el tablón de noticias esté ubicado dentro de la sede puede indicarnos que el alcance de la difusión de las imágenes es local.

Los datos personales (imagen) de un soci@ que causa baja debieran, con arreglo al principio de la calidad de los datos, ser cancelados por el hecho de dejar de ser necesarios o pertinentes para la finalidad para la cual fueron recabados y/o registrados. A priori, la colocación de la imagen del soci@ que causa baja en el tablón de noticias, sin entrar a realizar otras valoraciones, incumpliría la LOPD.

Sobre comentario #1, tienen la consideración de fuentes de acceso público, exclusivamente, el censo promocional, los repertorios telefónicos en los términos previstos por su normativa específica y las listas de personas pertenecientes a grupos de profesionales que contengan únicamente los datos de nombre, título, profesión, actividad, grado académico, dirección e indicación de su pertenencia al grupo. Asimismo, tienen el carácter de fuentes de acceso público los diarios y boletines oficiales y los medios de comunicación.

Sobre comentario #3, el Real Decreto 994/1999, de 11 de junio, por el que se aprobaba el Reglamento de medidas de seguridad de los ficheros automatizados que contuviesen datos de carácter personal, al que se alude al pie del documento adjuntado por #2, está derogado desde el 20 de abril de 2008 por el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre.

Saludos,

solucionesong.org
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