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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Francisco Sanmartin Moreno

Información sobre el acceso a subvenciones para pymes y posibilidad de que la asociación constituya una

23.01.08

Queremos acceder a unas subvenciones para desarrollar un proyecto de turismo rural ecológico que nos daría fondos para realizar las actividades de la asociación, el problema está que estas subvenciones son solo para pymes. Como asociación ¿podemos crear una pyme?

Muchas gracias por vuestra ayuda.

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Respuestas

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#1

Opinión anónima

25.01.08

Estimado Francisco,
Por supuesto que podéis, es decir, no hay impedimento legal alguno, es más, la puesta en marcha de inciativas económicas desde el tercer sector es una manera de diversificar las fuentes de financiación y mejorar la independencia y fortaleza económica y fianciera de la entidad.
Eso sí, los beneficios que se derivan de la empresa serían de la asociación si es el único propietario y por tanto deben reinvertirse en proyectos sociales propios de la entidad.
No dudes en contactar con nosotros si necesitas más información o asesoramiento, ya que una de nuestras líneas de actividad en es el fomento del emprendimiento social y el emprendimiento desde el tercer sector.
Un abrazo,

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#2

Aportada por:

Juan González Martín-Palomino

Abogado. Asesor Tributario ESFL

Trabaja en:

Asesor particular

25.01.08

Pymes es una palabra que no obedece a ningún concepto jurídico, refiriéndose a empresas (físicas o jurídicas) de tamaño medio o pequeño.

La pyme no está asociada a ninguna fórmula jurídica concreta (sociedad limitada, anónima, cooperativa…), circunstancia por la cual, de entrada, no veo inconveniente para que vuestra entidad, si desarrolla alguna actividad económica (como así será), pueda ser considerada pyme. No obstante, lo más práctico y directo es que miréis las bases del proyecto para ver que tipo de entidades pueden acceder a él; si en el mismo no se concretan o limitan las fórmulas (casi seguro que será así), para qué constituir una nueva entidad (anónima o limitada) si podéis canalizarlo con vuestra propia personalidad jurídica.

Juan González Martín-Palomino.
gonzalezpalomino@icacr.com

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#3

Respuesta del participante:

Francisco Sanmartin Moreno

25.01.08

Estimado Juan, gracias por tú respuesta, en el caso que nos ocupa efectivamente en esta convocatoria se distingue entre corporaciones municipales, pymes, asociaciones y confederaciones, personas fisicas entes publicos y privados y comunidades de bienes y en cada apartado especifica las modalides a las que se puede acceder. Concretamente hablamos de la orden de 9 de noviembre de la Junta de Andaluca reguladora de las subvenciones de turismo.
Gracias.

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#4

Aportada por:

Jorge Valerin-F.

Economista, especialista en Gestión de Proyectos y Asesor Empresarial en Marketing para Pymes y Mypes.

Trabaja en:

Asesor particular

25.01.08

Hola Francisco,

En primer lugar me permito felicitarles las actividades que realizan por la sociedad.

En relación a tu consulta,esta claro que se trata de ayuda para pymes,las cuales persiguen un fin lucrativo,por otro lado el proyecto que pretenden presentar esta referido a una actividad económica como es el turismo,en consecuencia es incompatible que ustedes como asociación se presenten a esta convocatoria,porque asumo que en sus estatutos o acta de constitución han especificado la finalidad no lucrativa de la misma.

La salida es la que tu mismo propones,que tu asociación cree una pyme,ésta seria una pyme de la asocaición,en consecuencia esta tendria participación de las utilidades con las cuales financiar las actividades de su asoiciación.

Esta más decir que su idea de prioyecto es muy buena.

Pero hay algo más que podrían hacer,en tu reconsulta señalas que se distingue entre pymes ,....y asoacxiaciones,porque si su intención final es continuar ayudando a las personas no se presentan a la categoria asoación que es a la que pertenecen,esto si en caso no fuera sencillo constituir una pyme y en plazo para presentar prouesta este cerca.

Saludos,

Jorge Valerin-F.
Consultor y Asesor en Responsabilidad Social Integral
AIRSE Consosrcio Social

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#5

Respuesta del participante:

Francisco Sanmartin Moreno

26.01.08

Tenemos un Centro Especial de Empleo y hemos obtenido por parte de un ayuntamiento la cesión de una zona habilitada para turismo rural y ecológico, las lineas de subvenciones otorgadas para asociaciones son para estudios e investigaciones, no para infraestructuras y reformas de la mismas, que es lo que necesitamos para poder ponerlo en funcionamiento. Lo extraño de todo esto es que al tener un CEE para algunas cosas si se nos considera empresa (Hacienda, Impuestos, Seguridad Social, etc) y para otras cosas no. En cuánto a la declaración de entidad no lucrativa, efectivamente la asociación tiene esa catalogación, razón por la cual los excedentes economicos repercuten al cien por cien en los propios proyectos para intentar en la medida de lo posible depender lo menos posible de subvenciones y financiación externa.

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#6

Aportada por:

Montse de Paz

Fundación ARSIS

Trabaja en:

Asesor particular

26.01.08

Francisco, claro que podéis crear una PYME -las fórmulas serían: SL, SLU, cooperativa, SCCL... siendo la asociación el socio capitalista de la empresa, único o mayoritario, si hay otros. Un gestor os podrá orientar mejor en esto. De todos modos, mira bien si las subvenciones también ayudan a entidades no lucrativas que realicen una actividad económica, pues como ONG, si os dais de alta en el IAE que corresponda, también podéis desarrollar esa actividad. Tendréis las mismas obligaciones que uan empresa impuestos, declaraciones, IVA, etc pero seguiréis siendo la asociación que, para este proyecto, se convierte en empresaria. Son muchas las que tienen casas de campamentos, pequeños comercios, talleres, etc., sin tener que crear una entidad nueva. Por ejemplo, en la fundación ARSIS tenemos dados de alta un cibercafé y un locutorio, a nombre de la misma fundación. Según la ley vigente en Catalunya, a ciertos efectos tenemos el mismo tratamiento que una empresa de inserción, pues aunque no lo seamos jurídicamente, sí lo somos operativamente; ante Hacienda y Seguridad Social somos una “empresa” más. Así que mira si también puede ser éste vuestro caso.

Saludos y adelante,

Montse de Paz - ARSIS

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#7

Aportada por:

Juan González Martín-Palomino

Abogado. Asesor Tributario ESFL

Trabaja en:

Asesor particular

28.01.08

Me reitero en la contestación anterior, poniendo de manifiesto que una entidad no lucrativa perfectamente puede desarrollar una actividad económica (cuantas entidades no lucrativas (entre ellas congregaciones religiosas) están al frente de un centro de enseñanza, una residencia para mayores, un hospital, una librería…); de igual manera, una entidad sin ánimo de lucro perfectamente puede tener superávit o beneficio en el desarrollo de esa actividad, con el evidente requisito que el mismo nunca se puede repartir entre socios o asociados y se deberá reinvertir en su fin social.

El verdadero obstáculo estará (como parece ser vuestro caso) en que la propia normativa reguladora de la subvención o convenio haga diferencias entre distintas entidades a la hora de acceder a la subvención o convenio. Si es así, como decís, habrá que luchar para hacer ver al político o técnico de la Administración que es un auténtico disparate excluir de un determinado proyecto o convenio a una asociación por no tener ánimo de lucro, cuando esa circunstancia lo único que pone de manifiesto es que la asociación no especule con el beneficio y se entregue en cuerpo y alma al proyecto; a título de ejemplo, decir que la Junta de Comunidades de Castilla la Mancha articuló un convenio para rehabilitar o reeducar logopédicamente a niños sordos que habían sido implantados cocleramente; curiosamente, y disparatadamente, de este convenio se pretendió excluir a las asociaciones de padres y amigos del sordo (verdaderas especialistas en asistir logopédicamente y psicológicamente a niños sordos, incluso a los padres) por no tener ánimo de lucro y no ser entidades mercantiles; al final conseguimos hacer ver a los políticos y técnicos de la Consejería de Bienestar Social, que una asociación de padres y amigos del sordo, con recursos para prestar el servicio, estaba como mínimo igual de capacitada que las clínicas privadas para prestar ese servicio, consiguiendo que se modificasen las bases del convenio para que en el mismo tuviesen cabida las ASPAS.

Saludos.

Juan González Martín-Palomino.

solucionesong.org
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