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Consultas Online

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Consulta formulada por:

NIEVES ZAPATA

IVA no deducible

27.05.21

Hola,

Tenemos una factura de la compra de material de oficina con su IVA soportado.
Sabemos que ese IVA no es deducible para la Asociación en estos momentos, ya que no nos hemos dado de alta en el IAE.

¿El importe del IVA lo tenemos que traspasar a la cuenta de gastos de material de oficina?

Gracias.

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Juan González Martín-Palomino

Abogado. Asesor Tributario ESFL

Trabaja en:

Asesor particular

27.05.21

Efectivamente, el IVA no deducible es un gasto más, teniendo la misma naturaleza que el gasto que constituye la base imponible, en vuestro caso, material de oficina.

Saludos.

Juan González Martín-Palomino.

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#2

Respuesta del participante:

NIEVES ZAPATA

27.05.21

Muchísimas gracias

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