Consultas Online

Consulta formulada por:
Kit Digital
21.06.25
KIT DIGITAL
Hola,
Somos una asociación din ánimo de lucro de carácter cultural y exenta de IVA i de Impuesto de Sociedades, por ello siempre hemos entendido que no debemos llevar una contabilidad rigurosa sino que llevamos un libro de ingresos y gastos que cuadramos con facturación y banco.
Ahora hemos solicitado el Kit Digital y nos piden el Impuesto de sociedades o en su defecto un balance y la cuenta de pérdidas y ganancias.
Estamos obligadas a llevar dichos libros? Qué obligaciones contables tenemos?
Muchas gracias desde Barcelona
Respuestas

Aportada por:
Grado en RR.LL. (Derecho y Empresa), Universidad de León. Graduado en Ciencias Empresariales y Comercio Exterior, University of Central Lancashire. GIEMBA (Máster Propio), Universidad Isabel I. MSC (Máster Oficial) en Gestión de RR.HH.,UCLAN,RU.
Trabaja en:
Asesor particular
21.06.25
En España, incluso las asociaciones sin ánimo de lucro que están exentas de IVA y del Impuesto de Sociedades tienen ciertas obligaciones contables y fiscales que deben cumplir, especialmente si solicitan ayudas públicas como el Kit Digital. Aquí te explico lo más relevante según la normativa vigente en 2025:
¿Estáis obligadas a llevar contabilidad? Sí, aunque estéis exentas de ciertos impuestos, sí tenéis la obligación de llevar una contabilidad ordenada y transparente. Esto incluye:Libro de ingresos y gastos
Libro de actas
Libro de socios
Cuentas anuales (balance y cuenta de pérdidas y ganancias)
Estas obligaciones están recogidas en la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación, y son necesarias para garantizar la transparencia y el buen uso de los fondos, especialmente si recibís subvenciones o ayudas públicas 1.
Realizan actividades económicas (aunque sean accesorias).
Tienen ingresos superiores a 75.000 € anuales.
Tienen rendimientos sujetos a retención superiores a 2.000 €.
No todos sus ingresos provienen de actividades exentas 1.
Si no cumplís ninguno de estos requisitos, podéis estar exentas de presentar el impuesto, pero es recomendable consultar con Hacienda o un asesor fiscal para confirmar vuestra situación.
¿Qué os pueden pedir para el Kit Digital?
Aunque no presentéis el Impuesto de Sociedades, es habitual que os pidan:
Balance de situación
Cuenta de pérdidas y ganancias
Memoria económica
Referencias:
https://abogadosfernandezblasco.es/obligaciones-fiscales-de-asociaciones-sin-animo-de-lucro/

Aportada por:
Millennium Sistemas - Asesoría Tecnológica
Trabaja en:
Asesor particular
23.06.25
En el artículo 25 de la Ley 50/2002 se recoge que cada Fundación deberá llevar una contabilidad ordenada y adecuada a su actividad, es decir, que permita un seguimiento cronológico de las operaciones que se han realizado. Para ello llevarán necesariamente un Libro Diario y un Libro de Inventarios y Cuentas Anuales.
Las Cuentas Anuales comprenden:
El Balance
La Cuenta de Resultados
La Memoria.
Tales documentos “forman una unidad, deben ser redactadas con claridad y mostrar la imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera y de los resultados de la fundación”.