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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Pedro Miguel Lopez Jurado

¿La empresa puede deducirse el 35% en el IS por el servicio pro bono que nos ha prestado?

22.01.15

Hola,

En la Fundación, una Empresa nos ha dado un “servicio pro bono”, valor mercado 40.000,00€, y se le envió el Certificado. Nos preguntan si en el IS pueden deducirse el 35%.

Por lo que he leído entiendo que la deducción es para las donaciones en dinero, bienes y derechos, por lo que al ser Servicios pro bono, no podrían deducir en el IS.

Seriáis tan amables de indicarnos si es así, o si lo pudieran hacer.

Un saludo.

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Respuestas

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#1

Aportada por:

MANUEL NARANJO ALVAREZ

Especialista en contabilidad y fiscalidad www.enl-asesorat.es

Trabaja en:

Asesor particular

22.01.15

Entiendo que el pro bono es un servicio prestado realmente y por el cual no habéis abonado ningún importe.

Si es así, se trata de un servicio en especie y por tanto deducible en el I.S. siempre y cuando estéis acogidos a la Ley 49/2002.

Salvo mejor opinión.

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#2

Respuesta del participante:

Pedro Miguel Lopez Jurado

23.01.15

Hola Manuel, gracias por tu rápida respuesta, por si yo no me hubiera explicado bien, es la Empresa la que nos hace a nosotros la Fundación, la consulta; es decir si ellos se lo pueden deducir en su Impuesto de Sociedades, y ya si eres tan amable, preguntarte como lo tendríamos que contabilizar nosotros la Fundación y que cuentas utilizar.
Un saludo y gracias.

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