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¿Las asociaciones sin ánimo de lucro han de presentar el modelo 347 si actúan como retenedores de IRPF por ejemplo en facturas de alquiler u otras?

18.07.22

Hola.
¿Las asociaciones sin ánimo de lucro han de presentar el modelo 347 si actúan como retenedores de IRPF por ejemplo en facturas de alquiler u otras? Siempre que se superen los 3.000 euros claro.
Gracias

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Juan González Martín-Palomino

Abogado. Asesor Tributario ESFL

Trabaja en:

Asesor particular

18.07.22

Las retenciones de alquiler se declaran en el modelo 180 y no deben declararse por ello en el modelo 347; en este modelo se declaran las operaciones con clientes o proveedores que superen los 3.000 euros, debiéndolo presentar las entidades sin ánimo de lucro, aunque no realicen actividades económicas.

Saludos.

Juan González Martín-Palomino.

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